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Registro Oficial del día: Reformas al Reglamento de Contratación Pública permiten compras directas de vacunas
El Ejecutivo de Ecuador expidió reformas al Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, incorporando nuevas disposiciones para facilitar la adquisición de vacunas e insumos médicos. La normativa fue publicada en el Registro Oficial, Quinto Suplemento N.º 44, del 22 de mayo de 2025.
Contexto legal del hecho
El Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública regula los procedimientos de adquisición de bienes, servicios y obras por parte del Estado. Las reformas introducidas buscan flexibilizar las condiciones de contratación en contextos relacionados con la salud pública, especialmente en el marco del Programa Ampliado de Inmunización, conforme a la normativa de abastecimiento permanente de vacunas e insumos esenciales.
Contenido o disposición principal
En el artículo 1 de la reforma se incorpora una modificación al artículo 184 del Reglamento. Se establecen nuevos incisos que permiten adquisiciones directas de vacunas a través de convenios con el Fondo Rotatorio de la OPS/OMS, otros Estados, organismos internacionales o empresas públicas calificadas. También se faculta al Ministerio de Salud Pública a contratar con proveedores en general, siempre que se garantice la calidad y eficacia del producto y exista justificación por escasez o avances tecnológicos.
Además, en estos casos de compra internacional, se exceptúa a la entidad contratante del requisito de verificación de producción nacional establecido en el artículo 4 del Reglamento.
Por su parte, el artículo 2 reforma el artículo 236 del Reglamento, precisando que la declaratoria de emergencia en contratación pública debe ser emitida y publicada por cada entidad contratante, de manera independiente a cualquier declaratoria de estado de excepción, emergencia sanitaria o resolución de los comités de operaciones de emergencia.
Alcance y aplicación de la reforma
Las reformas están dirigidas principalmente al Ministerio de Salud Pública y otras entidades contratantes del Estado ecuatoriano que gestionen procesos relacionados con la adquisición de vacunas y tecnología médica. Se busca agilizar la respuesta ante situaciones de escasez o emergencias sanitarias, eliminando ciertas barreras procedimentales y permitiendo acuerdos directos con organismos internacionales y proveedores calificados.
Estas disposiciones están vigentes desde su publicación en el Registro Oficial el 22 de mayo de 2025.
Fuente: Registro Oficial Año l Quinto Suplemento N.º 44 del 22 de mayo de 2025.