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Día mundial de los refugiados

jueves, 20 de junio de 2019
4 min de lectura

Con motivo del Cincuentenario de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), mediante resolución A/RES/55/76 de fecha 4 de diciembre del 2000, se proclamó al 20 de junio de cada año como el Día Mundial de los Refugiados, para conmemorar la fuerza, valor y perseverancia de los refugiados y mostrar apoyo a las familias que se han visto obligadas a huir.

Migrantes, Refugiados, y Desplazados
Según datos de ACNUR, a nivel mundial existen más de más de 70 millones de personas que se han visto en la obligación de tener que abandonar forzosamente sus hogares. Este vasto número lo componen migrantes, refugiados y desplazados, términos que se emplean indistintamente, mas el significado de cada uno presenta abismales diferencias.

El termino migrante según las Naciones Unidas se lo define como “alguien que ha residido en un país extranjero durante más de un año independientemente de las causas de su traslado, voluntario o involuntario, o de los medios utilizados, legales u otros”. Este término a su vez puede dividirse en: inmigrante, término que hace alusión a la persona extranjera que ingresa a un país del cual no es originario, independiente del ánimo o no de permanencia o residencia; y emigrante, término que se refiere a la persona nacional que moviliza hacia otro Estado con el ánimo de fijar su domicilio o residencia de forma temporal o permanente en el mismo, por algún motivo particular.

La Ley Orgánica de Movilidad Humana, en su artículo 99 dicta que se reconoce como refugiados a quienes:

  • Debido a temores fundamentados de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, que se encuentre fuera de su país de nacionalidad, y no pueda o quiera, a causa de dichos temores, acogerse a la protección de su país, o que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o no quiera regresar a él.
  • Ha huido o no pueda retornar a su país porque su vida, seguridad o libertad ha sido amenazada por la violencia generalizada, agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público y no pueda acogerse a la protección de su país de nacionalidad o residencia habitual.


Por último, tenemos el termino desplazado, utilizado para referirse a quienes que han tenido que huir del lugar de su domicilio, por las mismas causas que los refugiados, pero se encuentran distribuidos o dispersos dentro de su propio país en zonas más seguras.

Antecedentes generadores del término Refugiado

A nivel histórico mundial, podemos destacar que desde la antigua Grecia ya existían desplazamientos de personas a causa de diversos conflictos armados. En esta nación empezarían los debates acerca de esta institución, había quienes manifestaban que a las personas desplazadas se les garantice los mismos derechos y obligaciones de manera equitativa sin importar el lugar de su procedencia, otros en cambio consideraban que la condición de refugio se les debía otorgar a manera de compensación por los servicios prestados.

El segundo antecedente lo tenemos presente desde el siglo XVII hasta unos años antes de la primera guerra mundial, el factor común en este periodo fue la persecución religiosa. En principio quienes profesaban alguna fe contraria a la cotidiana, se vieron en la obligación de abandonar su residencia o abandonar su fe. En este periodo de tiempo (siglo XVII) los estados europeos buscaban reorganizar, modernizar y racionalizar el estado y la sociedad para aumentar el poder político y militar para lo cual admitieron a migrantes y refugiados (aquí se empezó a distinguir ambos términos) religiosos como una forma de promover estos cambios.

En el siglo XVIII, la situación de los refugiados se presentaba como una problemática de índole político, se debatía entre quienes merecerían ser sujetos de protección por parte de los estados anfitriones y quienes debían ser repatriados a sus estados de origen, miles de civiles perecieron a causa de intentos fallidos de repatriarlos, otros no tuvieron la oportunidad de alejarse de la realidad violenta que se les presentaba.

Los anteriores acontecimientos formaron el concepto de lo que hoy conocemos como la institución del refugio; sin embargo, los eventos que determinaron realmente la necesidad de establecer un régimen jurídico a nivel mundial y local sobre esta institución no fueron otros que las Guerras Mundiales. La I Guerra Mundial conjuntamente con la revolución rusa de 1917 dieron lugar a las primeras crisis de refugiados de Europa, en este periodo 1,7 millones de personas tuvieron que abandonar su domicilio.

Si bien la I Guerra Mundial trajo consigo cifras impresionantes en cuanto desplazamiento de personas, estas cifras fueron eclipsadas por la oleada de miseria que se produjo durante la II Guerra Mundial, se calcula que 30 millones de personas fueron dispersadas, enviadas y desplazadas por toda Europa. A comienzos de 1945, se estima que existían más de 40 millones de migrantes (entre refugiados y desplazados) en Europa, cifra que no se aleja de la realidad actual.
 

Situación Mundial y Local sobre refugiados

En 1951 se creó un nuevo marco legal e institucional para responder al fenómeno de los refugiados. Fue entonces cuando vio la luz el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), institución vigente hasta el día de hoy que busca garantizar condiciones mínimas y proteger la dignidad de las personas en situación de refugio.

En la Época actual lamentablemente han persistido situaciones que han incrementado el número de personas en situación de refugio. Situaciones tales como la guerra civil de Siria, conflicto que se ha desarrollado desde 2011 y continua hasta la actualidad, ha traído como consecuencia que 13.1 millones de personas en dicho país necesiten asistencia humanitaria. A nivel local tenemos la experiencia colombiana, más de 20 años ha perdurado el conflicto armado que ha traído consigo alrededor de 500.00 mil personas en situación de refugio

En Ecuador existen más de 67 mil refugiados, pertenecientes a 70 países diferentes, este gran número lo componen en su mayoría personas originarias de Colombia; sin embargo, existe un aumento en las solicitudes de refugio de ciudadanos venezolanos, cifras que se pueden incrementar de persistir las condiciones que generan esta situación.

Existe normativa sobre este tema, tales como:

Convenio Relativo a la Situación de los Refugiados
Protocolo Sobre Estatuto de los Refugiados
Instructivo para proceso de la Condición de Refugiados y Apátridas
Acuerdo Ministerial No.3 (1991): revocatoria de la calidad de refugiado

Adicionalmente para afrontar este fenómeno migratorio, impulsado por una serie de situaciones diferentes, se elaboró en 2018 el Pacto Mundial Sobre los Refugiados que insta a los estados a ejercer acciones, ejecutar compromisos y realizar contribuciones concretas en materia de refugio, lastimosamente como consta en el mismo pacto este no es de carácter obligatorio o vinculante, por lo que su aplicación depende de las voluntades políticas de los jefes de Estado.

Es realmente alarmante el observar a niños y a familias completas por las calles, sin tener donde pasar la noche, sin tener para alimentarse y estar a la buena voluntad de los demás, esas personas a quienes pasamos de lado sin conocer su historia o sin si quiera imaginarnos la situación que están viviendo. La situación actual del mundo nos llama a la reflexión, a agradecer y esperar que no tengamos que pasar por una situación similar, hay que ser solidarios y recíprocos.
 

Jonathan Cedeño
Sobre el autor
Abogado graduado por la Pontificia Universidad Católica de Quito. Cursando especialización en Derecho Administrativo en la Universidad Andina Simón Bolívar.