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Alcance y normativa vigente del seguro de depósitos gestionado por la Cosede
La Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados actúa como un mecanismo de contingencia financiera en Ecuador destinado a proteger los ahorros de la ciudadanía en casos de liquidación forzosa. Este seguro es gratuito para los depositantes y garantiza la devolución de recursos mantenidos en cuentas de ahorros, cuentas corrientes y depósitos a plazo fijo dentro de las entidades autorizadas por los organismos de control. El sistema se financia mediante contribuciones mensuales obligatorias de bancos y cooperativas, las cuales varían según el tamaño de sus activos y el segmento al que pertenecen dentro del ecosistema financiero nacional.
Escalas de cobertura económica por segmento financiero
El monto máximo de protección que ofrece el seguro depende exclusivamente del tipo de entidad y su clasificación de activos ante la Superintendencia de Bancos o la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Para los clientes de bancos privados, mutualistas y cooperativas clasificadas en el segmento 1, el límite de cobertura se mantiene en 32000 dólares por cada depositante. En el caso de las cooperativas de menor escala, los techos de protección se sitúan en 11250 dólares para el segmento 2, 5000 dólares para el segmento 3 y 1000 dólares para las entidades pertenecientes a los segmentos 4 y 5.
Nuevos lineamientos de la Junta de Política y Regulación Financiera
Mediante una resolución emitida el 20 de abril de 2026, la Junta de Política y Regulación Financiera estableció que el uso del fondo de seguros gestionado por la Cosede debe considerarse como el último recurso en los procesos de liquidación. El presidente de este organismo, Gustavo Camacho, señaló que el error recurrente consistía en activar la disponibilidad de los fondos de la corporación antes de agotar otras gestiones administrativas de terceros. Esta normativa busca blindar la liquidez del fideicomiso y priorizar la gestión de activos de las entidades inviables antes de recurrir al desembolso directo de las garantías estatales.
Mecanismo de exclusión y transferencia de activos y pasivos
La regulación vigente prioriza el proceso conocido como exclusión y transferencia de activos y pasivos para salvaguardar el dinero de los clientes sin recurrir inmediatamente al cierre definitivo. Bajo este esquema, los depósitos de las personas cuyos montos no superen el límite de cobertura del seguro tienen la prioridad de ser transferidos a entidades financieras sanas para mantener la disponibilidad inmediata de sus recursos. Los lineamientos técnicos dictan que estos beneficiarios reciben atención preferente, seguidos por grupos de atención prioritaria y, finalmente, por los ahorristas cuyos montos exceden los techos de protección establecidos por la ley.
Procedimientos administrativos y términos para el cobro
Cuando una entidad entra en liquidación, los liquidadores disponen usualmente de un plazo de dos meses para consolidar los listados de beneficiarios y remitirlos a la corporación para el inicio de los pagos. Tras la validación de la información, el desembolso suele ejecutarse de forma inmediata siguiendo un cronograma oficial donde los ciudadanos deben presentar su cédula de identidad original o pasaporte vigente en el caso de extranjeros. Los depositantes conservan el derecho legal de reclamar y cobrar sus fondos protegidos durante un periodo máximo de 10 años contados a partir del inicio del proceso de liquidación de la institución financiera correspondiente.
Fuente: PRIMICIAS