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Asamblea concluye primer debate de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial
El Pleno de la Asamblea Nacional concluyó el 27 de mayo de 2026 el primer debate del proyecto de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial. La iniciativa propone un régimen integral de combate a la corrupción en la administración de justicia, medidas de transparencia y democratización del sistema judicial, y un tratamiento técnico de las medidas cautelares en los procesos penales que se tramitan en juzgados y tribunales del país.
Contenido y alcance del proyecto de reforma
El proyecto consta de 31 artículos, 20 disposiciones transitorias y cinco disposiciones reformatorias a cuerpos normativos conexos: el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el artículo 45 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, el Título II de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley de Arbitraje y Mediación. La normativa también prevé la creación de procedimientos para concursos en la Función Judicial y el Consejo de la Judicatura, el rediseño del régimen disciplinario, la modernización del expediente electrónico, la transformación de la Escuela Judicial y la repotenciación de los juzgados de paz.
Posiciones expresadas durante el debate legislativo
En el marco de las seis intervenciones registradas, la presidenta de la Comisión de Justicia, Rosa Torres, caracterizó la reforma como un mecanismo para enfrentar la infiltración del crimen organizado y la corrupción en la administración de justicia. Varios legisladores coincidieron en la necesidad de adoptar decisiones estructurales para superar las falencias del sistema judicial y señalaron el vínculo entre la eficacia de la justicia y la seguridad ciudadana.
Próximos pasos en el trámite legislativo
Concluido el primer debate, el proyecto deberá retornar a la Comisión de Justicia para la incorporación de las observaciones formuladas por el Pleno, tras lo cual será sometido a segundo debate conforme al procedimiento legislativo ordinario previsto en el Código Orgánico de la Función Legislativa.
Fuente: Asamblea Nacional del Ecuador