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Asamblea Nacional aprueba reforma constitucional que elimina prohibición de bases militares extranjeras

martes, 3 de junio de 2025

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el 3 de junio de 2025 una reforma parcial al artículo 5 de la Constitución, eliminando la prohibición de establecer bases militares extranjeras en el país. La propuesta fue presentada por el presidente Daniel Noboa y permitirá modificar el marco constitucional vigente tras su eventual aprobación en referéndum.

 

Contexto legal del hecho

El artículo 5 de la Constitución de Ecuador establecía que "Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras". Esta disposición ha sido parte del texto constitucional desde la promulgación de la Carta Magna en 2008.

La reforma fue propuesta por el Ejecutivo en septiembre de 2024, y en octubre del mismo año recibió dictamen favorable por parte de la Corte Constitucional, que consideró que la modificación seguía el procedimiento previsto para reformas parciales conforme al artículo 442 de la Constitución.

 

Contenido o disposición principal

La reforma aprobada elimina los incisos del artículo 5 relativos a la prohibición de presencia militar extranjera en el país. El nuevo texto mantiene únicamente la declaración de que "Ecuador es un territorio de paz", suprimiendo las prohibiciones sobre bases e instalaciones extranjeras con fines militares, así como la cesión de bases nacionales a fuerzas armadas de otros Estados.

La modificación fue tramitada por la Asamblea Nacional bajo el procedimiento de reforma parcial, con el respaldo de al menos 92 votos afirmativos, según lo establecido por el artículo 442 de la Constitución ecuatoriana.

 

Aplicación y etapas siguientes del proceso

La reforma deberá ser sometida a referéndum para su entrada en vigencia, conforme a lo previsto en la Constitución. El Consejo Nacional Electoral será el órgano encargado de convocar a la consulta popular, organizarla y proclamar sus resultados.

Hasta que no se celebre el referéndum y se obtenga una mayoría favorable, el texto reformado no entrará en vigencia. En caso de aprobación ciudadana, el nuevo artículo 5 permitirá que el Estado suscriba convenios o acuerdos con otros países respecto a la presencia de instalaciones o personal militar extranjero en territorio ecuatoriano.

Fuente: Primicias