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Asamblea Nacional aprueba reforma a la Ley de Telecomunicaciones, sumando 56 leyes en el actual período legislativo
El 23 de abril de 2025, la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones con 92 votos afirmativos. Esta aprobación marca la ley número 56 del actual período legislativo y busca fortalecer el marco legal del sector de las telecomunicaciones en el país.
Contexto legal del hecho
La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, vigente desde 2015, establece las normas para la prestación de servicios de telecomunicaciones en Ecuador. La reforma aprobada en abril de 2025 introduce modificaciones significativas orientadas a mejorar la conectividad, especialmente en zonas rurales y de frontera, y a fortalecer la seguridad jurídica en el sector.
Contenido o disposición principal
Entre los principales cambios introducidos por la reforma se encuentran:
Modificación del artículo 39: establece un régimen claro de autorización para la prestación de servicios por parte de empresas públicas, bajo supervisión de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL).
Nueva redacción del artículo 91: prioriza la inversión del 1 % de la facturación de las operadoras en proyectos destinados a mejorar la conectividad en zonas rurales, urbano marginales y de frontera.
Incorporación del artículo 116.1: define los plazos de prescripción en el ejercicio de la potestad sancionadora, fortaleciendo la seguridad jurídica del sistema regulatorio.
El asambleísta Jorge Acaiturri, ponente del informe, destacó que estas reformas permitirán canalizar recursos de forma directa, eliminar trabas burocráticas y priorizar proyectos en los sectores históricamente excluidos.
Destinatarios
La reforma busca beneficiar a más de 1.7 millones de hogares ecuatorianos que actualmente no tienen acceso a internet, permitiendo que las operadoras inviertan directamente en infraestructura de conectividad con la autorización de ARCOTEL. Esto reducirá los tiempos de ejecución de proyectos y aumentará el impacto social. Además, se establece que, cuando los recursos no sean ejecutados, se destinen a inversión educativa, asegurando así un uso transparente y efectivo de los fondos.
Fuente: Asamblea Nacional del Ecuador