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Asamblea Nacional debate proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social en trámite urgente

lunes, 25 de agosto de 2025

La Asamblea Nacional del Ecuador tratará en segundo debate el proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social, remitido por el Ejecutivo con carácter de urgente en materia económica. La norma busca establecer mecanismos de control, prevención y rendición de cuentas para fortalecer la integridad financiera de organizaciones sociales y evitar el uso indebido de fondos, incluyendo casos de lavado de activos.

 

Contexto legal del proceso legislativo

Conforme al artículo 140 de la Constitución de la República del Ecuador, el Presidente de la República puede calificar un proyecto de ley como urgente en materia económica, lo que obliga a la Asamblea Nacional a tramitarlo en un plazo máximo de 30 días. En este marco, el Ejecutivo remitió el proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social, que fue asignado a la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa.

Tras la aprobación del informe para segundo debate, el Pleno de la Asamblea Nacional convocó la sesión N.º 030, programada para el martes 26 de agosto de 2025 a las 10h00, con el objetivo de someter a discusión la propuesta legal en cumplimiento del procedimiento legislativo previsto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

 

Contenido o disposición principal

El proyecto contiene un cuerpo normativo estructurado en:

  • 18 artículos.

  • 10 disposiciones generales.

  • 9 disposiciones transitorias.

  • Reformas a otras leyes orgánicas y ordinarias.

Entre las normas modificadas se incluyen: la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, la Ley de Participación Ciudadana, la Ley de Prevención de Lavado de Activos, el Código Tributario, la Ley de Régimen Tributario Interno, la Ley de Minería y el Código de Planificación y Finanzas Públicas.

El objetivo central del proyecto es prevenir flujos financieros irregulares, garantizar la transparencia en organizaciones sin fines de lucro y reforzar la cooperación entre instituciones públicas en el control financiero y fiscal.

 

Implicaciones prácticas o destinatarios

La normativa está dirigida a personas naturales y jurídicas, en especial a entidades sin fines de lucro que operen en el territorio ecuatoriano. Estas deberán implementar medidas de rendición de cuentas, cumplir con obligaciones tributarias y facilitar el acceso a la información financiera por parte de los entes de control.

De ser aprobada, la ley impondrá nuevas responsabilidades en materia de transparencia y prevención del lavado de activos, así como reformas estructurales en la legislación tributaria y de control económico. Su aplicación requerirá coordinación interinstitucional entre el Servicio de Rentas Internas (SRI), la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y otras entidades.

Fuente: Asamblea Nacional del Ecuador