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AUTO 2-19-IC/23: Destitución de presidente del CPCCS

sábado, 7 de octubre de 2023

El 6 de octubre de 2023, la Corte Constitucional resolvió la destitución de Alembert Vera del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

Mediante el AUTO 2-19-IC/23, la Corte Constitucional determinó que:

  • El CPCCS incumplió el dictamen 2-19-IC/19 por (i) los actos relacionados con la revisión del concurso público de méritos y oposición para la selección y designación de la fiscal general del Estado; y, (ii) las actuaciones para conformar una veeduría ciudadana con el fin de diagnosticar y evaluar las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del Consejo transitorio. 

  • Como medidas para asegurar el cumplimiento del dictamen, la Corte Constitucional resolvió destituir a Alembert Vera Rivera, en su calidad de consejero y presidente del CPCCS; y, a Ismael Merizalde Núñez, coordinador general de asesoría jurídica del CPCCS. 

  • Ordenó que el pleno del CPCCS en el término de 10 días deje sin efecto todas las actuaciones que han incumplido el dictamen

  • Decidió mantener abierta la fase de verificación con el fin de asegurar el cumplimiento de las medidas dispuestas y continuar con la evaluación y determinación de la responsabilidad de las y los consejeros Augusto Verduga, Andrés Fantoni, Yadira Saltos, Johanna Verdezoto, Nicole Bonifaz y Mishelle Calvache, así como de los demás servidores del CPCCS, según sus actuaciones.

¿Quién es el nuevo Presidente del CPCCS?

Juan Esteban Guarderas sería el reemplazo de Alembert Vera. De acuerdo a la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, los consejeros suplentes se principalizarán de acuerdo con el total de votos obtenidos en la respectiva elección. Según el art. 37 de la ley:

Art. 37.- El Pleno del Consejo.- El Pleno del Consejo se integrará por las siete Consejeras y Consejeros principales, quienes serán sustituidos en caso de ausencia temporal o definitiva por las Consejeras o Consejeros suplentes, legalmente elegidos.

Revisa aquí el AUTO 2-19-IC/23