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CNE actualiza el reglamento para la calificación de candidaturas y paridad de género
El Consejo Nacional Electoral (CNE) oficializó la codificación del Reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidaturas de Elección Popular a través de su publicación en el Registro Oficial el 22 de abril de 2026. Este instrumento jurídico consolida diversas reformas adoptadas por el pleno del organismo, integrando específicamente dos resoluciones aprobadas en octubre de 2025 y abril de 2026 con el objetivo de precisar las reglas de participación política en el país.
Nuevos criterios de pertenencia para postulaciones territoriales
La normativa establece directrices específicas para legitimar la relación de pertenencia de los ciudadanos con la jurisdicción por la cual desean postularse a dignidades provinciales, municipales o parroquiales. Los candidatos deberán acreditar su vinculación mediante el lugar de nacimiento o demostrando haber residido en la circunscripción correspondiente durante los dos últimos años previos a la inscripción de la candidatura. Esta condición se verificará a través de la constancia en el registro electoral del lugar respectivo y la comprobación de haber sufragado en dicha zona en el último proceso electoral realizado.
Aplicación obligatoria de la paridad de género en listas electorales
En el ámbito de la igualdad de representación, el reglamento ratifica la obligatoriedad de que el 50 por ciento de las listas pluripersonales inscritas por las organizaciones políticas sean encabezadas por mujeres. Para las candidaturas unipersonales presentadas en binomios, la paridad se cumple con la participación integrada de una mujer y un hombre en cualquier orden de prelación. Estas disposiciones buscan asegurar el cumplimiento progresivo de los mandatos constitucionales y legales referentes a la participación equitativa en los cargos de elección popular.
Cuotas de participación para jóvenes y grupos prioritarios
El reglamento incorpora una cuota obligatoria de inclusión de jóvenes que no podrá ser inferior al 25 por ciento en cada lista de candidaturas pluripersonales que se presente para inscripción. Asimismo, el texto normativo incluye medidas de acción afirmativa para la participación de personas pertenecientes a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios. El sistema de verificación del CNE supervisará que los formularios de inscripción cumplan estrictamente con estos porcentajes para proceder con la calificación formal de los aspirantes.
Marco normativo y vigencia de las reformas electorales
Estas modificaciones se sustentan en las facultades otorgadas por la Constitución de la República y el Código de la Democracia para organizar procesos electorales transparentes y equitativos. La actualización reglamentaria rige para los próximos procesos de democracia interna y la inscripción definitiva de candidaturas, estableciendo plazos y requisitos documentales uniformes para todas las organizaciones políticas nacionales y locales. El incumplimiento de los criterios de paridad, pertenencia o cuota juvenil será causal suficiente para el rechazo de las listas durante la fase de calificación administrativa.
Fuente: El Universo