LEXIS Noticias
Colombia elevará al 50% arancel recíproco para importaciones de Ecuador
El Gobierno de Colombia publicó el proyecto de decreto que establece un incremento del arancel recíproco del 30% al 50% para las importaciones provenientes de Ecuador. Esta medida, impulsada por la ministra de Comercio, Diana Morales, responde a una estrategia de reciprocidad comercial entre ambas naciones para ajustar los costos de entrada de mercancías. La normativa busca elevar la carga tributaria sobre los productos que cruzan la frontera, modificando las condiciones vigentes de acceso al mercado colombiano.
Ampliación del listado de subpartidas arancelarias afectadas
La propuesta regulatoria no solo aumenta la tasa impositiva, sino que también expande considerablemente el número de bienes sujetos a este gravamen en la frontera. El nuevo decreto contempla un total de 281 subpartidas arancelarias de origen ecuatoriano, lo que representa un crecimiento sustancial frente a las 72 subpartidas que se encuentran gravadas actualmente bajo el esquema previo. Esta ampliación técnica abarca una diversidad de sectores productivos, intensificando el alcance de la política de defensa comercial adoptada por el país vecino.
Fundamentos técnicos y objetivos de la política comercial
El Ministerio de Comercio de Colombia justifica esta reforma bajo la premisa de una urgente necesidad de contrarrestar impactos negativos detectados en la economía nacional. Según el texto del borrador, la disposición tiene como objetivo disuadir el ejercicio de condiciones que afecten el equilibrio del comercio exterior y la competitividad interna. Las autoridades colombianas sostienen que el ajuste arancelario es una herramienta legal necesaria para salvaguardar la estabilidad de sus sectores productivos frente a la dinámica del intercambio bilateral con Ecuador.
Procedimiento administrativo y plazos de vigencia
De acuerdo con el marco legal colombiano, el documento se encuentra en una etapa de difusión pública para recibir comentarios y observaciones de la ciudadanía y actores interesados. Los sectores gremiales, exportadores y profesionales del derecho tienen como fecha límite el 5 de marzo de 2026 para presentar sus aportes técnicos ante el Ministerio de Comercio. Una vez concluido este periodo de consulta obligatoria, el Gobierno procederá con la firma y publicación oficial del decreto para su entrada en vigencia inmediata.
Fuente: PRIMICIAS