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Comisión de Desarrollo Económico analiza objeción a Ley de Reactivación Económica

miércoles, 1 de abril de 2026

La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa de la Asamblea Nacional del Ecuador avocó conocimiento de la objeción parcial presentada por la Presidencia de la República al Proyecto de Ley Orgánica para la Reactivación Económica el 01 de abril de 2026. Con este paso administrativo se inicia el análisis formal de las observaciones enviadas por el Ejecutivo tras la aprobación del texto por el Pleno del Legislativo. La mesa técnica tiene la responsabilidad de elaborar un informe que recomiende al Pleno el allanamiento a las propuestas presidenciales o la ratificación del texto aprobado originalmente por la Asamblea.

 

Contenido técnico de las observaciones del Ejecutivo

El veto parcial remitido por el Ejecutivo contiene ajustes específicos orientados a la sostenibilidad fiscal y la optimización de los incentivos tributarios para el sector productivo nacional. Las observaciones se centran en artículos que regulan la gestión de las alianzas público-privadas y los mecanismos de fortalecimiento del sistema monetario bajo el esquema de dolarización. El documento enviado por la Presidencia busca armonizar las disposiciones legales con las metas de recaudación y los compromisos de transparencia financiera internacional asumidos por el Estado ecuatoriano.

 

Plazos y procedimientos de la Función Legislativa

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la comisión especializada cuenta con un plazo máximo de treinta días para sustanciar el informe sobre la objeción parcial. El equipo asesor de la comisión deberá realizar un análisis comparativo entre el texto original y las enmiendas propuestas por el mandatario para garantizar que los cambios no vulneren principios de seguridad jurídica. Tras la aprobación del informe en la mesa técnica, el documento será remitido a la Presidencia de la Asamblea Nacional para su inclusión en el orden del día del Pleno.

 

Posturas institucionales sobre la reforma económica

Durante la sesión de avocación de conocimiento, los integrantes de la comisión manifestaron la necesidad de convocar a autoridades del frente económico para explicar el impacto técnico de las objeciones en la inversión extranjera. Los legisladores señalaron que el análisis priorizará la estabilidad de las reglas de juego para el sector privado y la protección de los derechos de los contribuyentes. Representantes de diversos bloques legislativos han adelantado que la revisión se enfocará en asegurar que las modificaciones no desvirtúen el espíritu original de la normativa orientada a la generación de empleo formal.

 

Votación en el pleno y vigencia de la normativa

La etapa final del proceso legislativo requiere que el Pleno de la Asamblea Nacional decida sobre el informe de la comisión mediante votación calificada conforme a la mayoría exigida por la Constitución. Si el Legislativo no se pronuncia dentro del plazo legal de treinta días sobre la objeción, se entenderá que se ha allanado a las observaciones del Ejecutivo y el proyecto se publicará en el Registro Oficial. Una vez resuelta la objeción, la ley entrará en vigencia inmediata, modificando el marco regulatorio para las actividades comerciales y financieras en todo el territorio nacional.

 

Fuente:  Asamblea Nacional del Ecuador