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Consejo de la Judicatura elimina autorización notarial para la salida del país de menores de edad
El Consejo de la Judicatura (CJ) de Ecuador derogó la resolución que exigía una autorización notarial para que los menores de edad pudieran salir del país. La medida busca simplificar los trámites migratorios y garantizar el derecho a la movilidad de niñas, niños y adolescentes, conforme a los estándares de protección internacional.
Derogación de la resolución anterior
Mediante una nueva disposición, el CJ dejó sin efecto la Resolución 063-2025, que establecía la obligación de contar con una autorización notarial para los menores que viajaban solos, con uno de sus padres o con terceros. Dicha medida había sido adoptada en septiembre de 2025 como parte de los esfuerzos por prevenir delitos de trata de personas y migraciones irregulares.
La institución justificó la derogación al identificar dificultades operativas en la aplicación de la normativa, especialmente en notarías y puntos de control migratorio. Estas complicaciones generaban demoras y obstaculizaban la salida del país de menores en situaciones legítimas, afectando su derecho a la libre circulación.
Validez de las autorizaciones previas
El CJ aclaró que las autorizaciones notariales otorgadas antes de la derogatoria mantienen plena validez, por lo que no será necesario repetir el trámite en estos casos.
Con la eliminación del requisito notarial, el trámite para la salida del país de menores de edad será más ágil. Ahora bastará con una autorización firmada por el padre, madre o representante legal, acompañada del itinerario del viaje, boleto aéreo y datos de la persona responsable del acompañamiento del menor.
Fuente: Ecuavisa