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Corte Constitucional admite acción extraordinaria de protección de exconsejeros de la “Liga Azul” del Cpccs
La Corte Constitucional del Ecuador admitió a trámite la acción extraordinaria de protección interpuesta por exconsejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), destituidos en 2024 por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). La decisión fue adoptada el 8 de septiembre de 2025 por la Sala de Admisión del máximo órgano de control constitucional.
Contexto legal del caso
La acción extraordinaria de protección se encuentra prevista en el artículo 94 de la Constitución del Ecuador, como un mecanismo para garantizar derechos constitucionales frente a decisiones judiciales o administrativas firmes. El proceso seguido contra los exconsejeros se enmarca en la competencia del TCE, órgano jurisdiccional electoral establecido en la Constitución y regulado por el Código de la Democracia.
El 3 de septiembre de 2024, el TCE sancionó a Augusto Verduga, Eduardo Franco Loor, Yadira Saltos y Marisol Párraga con la destitución de sus cargos en el Cpccs, tras considerarlos responsables de haber recibido auspicio político de la organización Revolución Ciudadana, lo que fue calificado como infracción electoral muy grave.
Contenido de la resolución de admisión
La Sala de Admisión de la Corte Constitucional, integrada por los jueces Karla Andrade, Alí Lozada y Richard Ortiz, resolvió dar trámite a la acción presentada por los exconsejeros. En la resolución, se concedió al TCE un plazo de 15 días para presentar sus descargos.
Los demandantes alegan que en el proceso sancionador se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica y al principio de legalidad. La Corte señaló que el caso reviste relevancia constitucional porque permitiría establecer precedentes sobre el alcance de las decisiones del TCE y la aplicación de su jurisprudencia en el tiempo.
Implicaciones prácticas y destinatarios
La admisión de la acción no implica aún un pronunciamiento de fondo, pero abre la posibilidad de que la Corte Constitucional evalúe la legalidad y constitucionalidad de la destitución y de las sanciones impuestas por el TCE. Estas incluyeron, además de la destitución, una multa equivalente a setenta salarios básicos unificados y la suspensión de derechos políticos por cuatro años.
La resolución tiene impacto directo en la conformación del Cpccs y en la delimitación de competencias entre la Corte Constitucional y el TCE, lo que podría influir en futuros procesos electorales y de control político.
Fuente: Primicias