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Corte Constitucional aprueba convocatoria a consulta popular para instalar Asamblea Constituyente

miércoles, 24 de septiembre de 2025

La Corte Constitucional del Ecuador emitió un dictamen favorable que permite avanzar con la convocatoria a consulta popular para la instalación de una Asamblea Constituyente. El pronunciamiento se dio tras verificar que la Presidencia de la República subsanó las observaciones señaladas previamente por el órgano constitucional.

Se cumplen requisitos formales y de fondo

El dictamen 11-25-RC/25B, aprobado el 24 de septiembre de 2025, confirma que el Decreto Ejecutivo 155, remitido por el presidente de la República, corrigió los aspectos señalados en el dictamen anterior (11-25-RC/25A). Las reformas incluyeron la exclusión de catorce considerandos y la modificación de los artículos 4, 5 y 19 del estatuto que regula la elección, instalación y funcionamiento de la Asamblea Constituyente. La Corte determinó que estas reformas cumplen con los requisitos de claridad, lealtad al elector y los principios constitucionales aplicables.

Distribución equitativa de escaños y método electoral definido

El nuevo diseño establece que la Asamblea estará conformada por 80 asambleístas: 24 nacionales, 6 por circunscripciones en el exterior y 50 provinciales, distribuidos con base en criterios poblacionales y territoriales. Además, se definió que las elecciones se realizarán con listas cerradas y bloqueadas, aplicando el método D’Hondt para adjudicar los escaños, lo que garantiza reglas claras y comprensibles para el electorado.

Competencia limitada de la Corte y protagonismo del pueblo

El fallo recuerda que la Corte no tiene competencia para valorar la conveniencia política de convocar una Asamblea Constituyente ni para calificar la calidad de las reglas electorales. Su rol se limita a verificar que el proceso cumpla con los estándares mínimos de un proceso democrático, como el respeto al sufragio libre, directo y secreto.

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador