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Corte Constitucional del Ecuador emite dictámenes sobre enmiendas, reforma parcial y consulta popular

jueves, 4 de septiembre de 2025

La Corte Constitucional del Ecuador resolvió tres solicitudes presentadas por el presidente de la República, relacionadas con reformas constitucionales y una consulta popular. Los dictámenes abordan temas laborales, institucionales, justicia penal y juegos de azar.

Corte admite parcialmente propuestas de enmienda constitucional

Mediante el dictamen 7-25-RC/25, la Corte Constitucional analizó cuatro propuestas de enmienda. Determinó que sí pueden tramitarse como enmiendas la contratación laboral por horas en el sector turístico —por tratarse de un ajuste limitado que respeta derechos adquiridos— y la reducción del número de asambleístas, al mantener la representación democrática sin afectar la estructura del Estado.

Sin embargo, rechazó que se tramite por enmienda la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), al implicar una alteración estructural del Estado. También descartó el juicio político a jueces constitucionales, por comprometer la independencia judicial y el sistema de pesos y contrapesos.

Corte niega reforma parcial sobre castración química y registro

En el dictamen 6-25-RC/25, la Corte rechazó la propuesta de introducir, mediante reforma parcial, la castración química obligatoria y un registro confidencial para condenados por delitos sexuales. El organismo consideró que la medida no es idónea para proteger a las víctimas, que el registro carece de claridad y temporalidad, y que no hay sustento científico suficiente para demostrar su efectividad frente a la reincidencia. Además, concluyó que la iniciativa no encaja en los límites de una reforma parcial.

Consulta sobre casinos no cumple con estándares constitucionales

Respecto al dictamen 8-25-CP, la Corte evaluó la propuesta de consulta popular para reabrir casinos y salas de juego en hoteles cinco estrellas, imponer un tributo del 25 % y destinar lo recaudado a programas contra la desnutrición infantil. La Corte determinó que la pregunta no cumple con los parámetros constitucionales, debido a su ambigüedad y falta de relación clara entre considerandos y pregunta. Además, al tratarse de una pregunta compuesta que abordaba tres temas distintos, se vulneraba la libertad del elector.

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador