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Corte Constitucional exige aprobación legislativa para acuerdo de inversiones con Emiratos Árabes

martes, 10 de marzo de 2026

La Corte Constitucional de Ecuador, mediante dictamen 19-25-TI/26, determinó que el acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones suscrito con el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos requiere la aprobación previa de la Asamblea Nacional. El organismo emitió este pronunciamiento el 9 de marzo de 2026 tras analizar la solicitud de control constitucional presentada por el Poder Ejecutivo a finales del año anterior, estableciendo el carácter obligatorio de la intervención legislativa antes de cualquier ratificación formal del tratado.

 

Requisito de aprobación en la Asamblea Nacional

El dictamen fue aprobado por unanimidad mediante el voto de los nueve magistrados que integran el pleno del tribunal. Tras esta resolución, el documento debe ser remitido a la Legislatura, donde su validación dependerá de la obtención de una mayoría absoluta de votos por parte de los asambleístas. Este paso administrativo resulta indispensable para que el Estado ecuatoriano pueda adquirir compromisos internacionales en materia de inversiones y garantías jurídicas recíprocas bajo el marco legal vigente.

 

Etapas del análisis de constitucionalidad

Esta decisión técnica se fundamenta en el primer momento de control de tratados internacionales previsto en el artículo 107 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. La Corte aclaró que el proceso continuará con una segunda fase de revisión exhaustiva para verificar que la totalidad del contenido del acuerdo guarde estricta conformidad con los preceptos de la Constitución de la República. El organismo mantendrá la supervisión del texto para asegurar que las cláusulas pactadas no contravengan el ordenamiento jurídico nacional.

 

Mecanismos de participación ciudadana

Como parte del procedimiento judicial, el organismo dispuso la publicación íntegra del acuerdo en el Registro Oficial y en su plataforma electrónica institucional. Se estableció un término de 10 días, contados a partir de dicha publicación, para que los ciudadanos interesados puedan intervenir en el proceso mediante la presentación de argumentos que defiendan o impugnen la constitucionalidad de las disposiciones contenidas en el tratado. Esta etapa busca transparentar el análisis legal y permitir la vigilancia pública sobre los compromisos económicos internacionales.

 

Implicaciones sobre el arbitraje internacional

El texto del acuerdo incorpora mecanismos para la solución de controversias que contemplan el uso del arbitraje internacional como herramienta de resolución jurídica entre las partes. Esta figura legal adquiere relevancia dentro del contexto normativo ecuatoriano, ya que define la jurisdicción aplicable en caso de conflictos relacionados con las inversiones extranjeras. La revisión de estos apartados por parte de la Asamblea Nacional y la Corte Constitucional determinará la viabilidad de implementar dichos marcos de protección jurídica en la relación bilateral con los Emiratos Árabes Unidos.

Fuente: Primicias