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Corte Constitucional inicia audiencias públicas sobre tres leyes del Gobierno

lunes, 25 de agosto de 2025

La Corte Constitucional del Ecuador convocó a audiencias públicas telemáticas para analizar la constitucionalidad de tres leyes impulsadas por el Gobierno: la Ley de Solidaridad Nacional, la Ley de Integridad Pública y la Ley de Inteligencia. Estas normas, aprobadas por la Asamblea Nacional con el respaldo del bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN), enfrentan múltiples demandas acumuladas de inconstitucionalidad.

 

Fundamento constitucional del control de legalidad

El control constitucional de las leyes es una atribución de la Corte Constitucional conforme al artículo 436, numeral 6, de la Constitución de la República del Ecuador. Este artículo faculta a la Corte para conocer y resolver sobre demandas de inconstitucionalidad por el fondo en relación con leyes expedidas por la Asamblea Nacional. En este caso, las demandas fueron interpuestas por organizaciones sociales, gremios profesionales, fundaciones y ciudadanos, conforme al derecho reconocido en el artículo 436, numeral 7, de la Norma Suprema.

El procedimiento seguido por la Corte incluye la admisión a trámite de las causas, acumulación de procesos por conexidad normativa, y la convocatoria a audiencias públicas como parte del principio de contradicción procesal. Las audiencias son telemáticas y vinculantes para todas las partes procesales.

 

Normas cuestionadas y argumentos de las demandas

Ley de Solidaridad Nacional:
Cinco demandas fueron acumuladas en contra de esta norma. Los demandantes alegan que definiciones como “grupos armados organizados” y “objetivos militares” no cumplen con los principios de legalidad y seguridad jurídica. También cuestionan el mecanismo de indulto anticipado y la potencial afectación a la independencia judicial y los derechos de las víctimas.

Ley de Integridad Pública:
Con 30 demandas acumuladas, esta norma es cuestionada por su contenido múltiple y heterogéneo, que abarca reformas a la contratación pública, legislación penal, laboral y de administración pública. Los demandantes argumentan que la ley vulnera el principio de unidad normativa y genera inseguridad jurídica.

Ley de Inteligencia:
Acumula cuatro demandas en las que se advierte la afectación a los derechos al debido proceso, la intimidad y la independencia judicial. Los accionantes sostienen que el sistema de inteligencia creado podría permitir vigilancia arbitraria y sin control judicial efectivo.

 

Calendario, alcance y efectos jurídicos

Las audiencias públicas fueron fijadas en el siguiente cronograma:

  • Ley de Solidaridad Nacional: 25 de agosto de 2025, 10h30.

  • Ley de Integridad Pública: 27 de agosto de 2025, 10h00.

  • Ley de Inteligencia: 1 de septiembre de 2025, 10h00.

Las partes convocadas —Presidencia de la República, Asamblea Nacional, Procuraduría General del Estado y los accionantes— deberán presentar argumentos orales. La Corte ya ha concedido medidas cautelares suspendiendo provisionalmente 17 artículos de estas leyes.

En caso de que la Corte declare la inconstitucionalidad total o parcial de los cuerpos normativos, los efectos jurídicos serán vinculantes y de obligatorio cumplimiento, conforme al artículo 436 de la Constitución y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Fuente: Primicias