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Corte Constitucional reafirma obligatoriedad del cumplimiento inmediato de sus sentencias

miércoles, 2 de abril de 2025

La Corte Constitucional del Ecuador ha reiterado al presidente Daniel Noboa que sus sentencias son de cumplimiento inmediato, definitivo e inapelable, en respuesta a la calificación de "inejecutable" que el mandatario otorgó a un dictamen previo.

Contexto del dictamen y reacción del Ejecutivo

El 21 de febrero de 2025, la Corte ordenó la creación de una comisión interinstitucional para coordinar acciones contra la inseguridad en el país, con delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial y de Transparencia, bajo supervisión del propio tribunal. El presidente Noboa cuestionó esta disposición, argumentando que la Corte estaba emitiendo política pública y que tales medidas resultaban inaplicables. 

Respuesta de la Corte Constitucional

En su reciente pronunciamiento, la Corte aclaró que la Constitución le faculta para coordinar acciones que garanticen derechos fundamentales como la seguridad y la paz. Además, enfatizó que sus decisiones deben ser acatadas de manera inmediata y obligatoria por todas las instituciones involucradas. 

 

Implicaciones y advertencias

La Corte también señaló que el incumplimiento de sus órdenes podría conllevar sanciones, incluyendo la destitución de los funcionarios responsables, excepto en el caso del presidente, quien tiene un régimen específico para el cese de sus funciones. 

 

Contexto del dictamen y reacción del Ejecutivo

El 21 de febrero de 2025, la Corte ordenó la creación de una comisión interinstitucional para coordinar acciones contra la inseguridad en el país, con delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial y de Transparencia, bajo supervisión del propio tribunal. El presidente Noboa cuestionó esta disposición, argumentando que la Corte estaba emitiendo política pública y que tales medidas resultaban inaplicables. 

 

Respuesta de la Corte Constitucional

En su reciente pronunciamiento, la Corte aclaró que la Constitución le faculta para coordinar acciones que garanticen derechos fundamentales como la seguridad y la paz. Además, enfatizó que sus decisiones deben ser acatadas de manera inmediata y obligatoria por todas las instituciones involucradas.

 

Implicaciones y advertencias

La Corte también señaló que el incumplimiento de sus órdenes podría conllevar sanciones, incluyendo la destitución de los funcionarios responsables, excepto en el caso del presidente, quien tiene un régimen específico para el cese de sus funciones. 

Fuente: Primicias