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Decreto Ejecutivo 108: Creación de Comité Nacional de Salud Pública

martes, 19 de agosto de 2025

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo No. 108, con el objetivo de fortalecer la gestión del sistema de salud pública a través de una reorganización institucional y la creación de un nuevo órgano de coordinación interinstitucional.

 

Reestructuración del Ministerio de Salud Pública

El decreto dispone que la desconcentración territorial del Ministerio de Salud Pública (MSP) se realice exclusivamente a través de direcciones provinciales, eliminando la posibilidad de que hospitales, coordinaciones zonales o direcciones distritales gestionen procesos de contratación pública.

Asimismo, centraliza en la planta central del MSP la adquisición de fármacos y bienes estratégicos en salud, mientras que las demás contrataciones se realizarán mediante las direcciones provinciales. El decreto también ordena definir una estrategia logística nacional para almacenamiento, distribución y entrega directa de medicamentos, asegurando el control unificado de inventarios.

 

Se crea el Comité Nacional de Salud Pública

Como parte de la estrategia gubernamental para garantizar el acceso oportuno, seguro y de calidad a los servicios de salud, se crea el Comité Nacional de Salud Pública. Este órgano estará presidido por el Ministerio de Salud Pública e integrado por varias entidades del Ejecutivo, incluyendo la Vicepresidencia, la Secretaría General de la Administración Pública, el Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros. Tendrá como invitados permanentes a agencias reguladoras y de control.

El Comité coordinará acciones para mejorar los servicios de salud pública, supervisar el desempeño del sistema, desarrollar un plan estratégico, recomendar políticas, reformas y lineamientos de financiamiento, y fomentar mecanismos de cooperación interinstitucional.

El Comité sesionará mensualmente y podrá reunirse de forma extraordinaria. Además, tendrá la facultad de conformar subcomités técnicos y emitir normativa interna. El seguimiento de este decreto ha sido encargado a la Vicepresidenta de la República.

Fuente: Decreto Ejecutivo No. 108