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Decreto Ejecutivo 191: Reglamento a Ley Orgánica de Transparencia Social
El 27 de octubre de 2025, el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, firmó el Decreto Ejecutivo No. 191 mediante el cual se expide el Reglamento General de la Ley Orgánica de Transparencia Social. Esta normativa establece las disposiciones para el control, supervisión y funcionamiento de las organizaciones sociales sin fines de lucro en Ecuador.
Objetivo del nuevo reglamento
El Decreto 191 tiene como finalidad desarrollar y poner en marcha las disposiciones de la Ley Orgánica de Transparencia Social. En este contexto, se definen los procedimientos, requisitos y autoridades competentes encargadas de supervisar a las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro (OSSFL). Asimismo, se establecen los mecanismos para fomentar la integridad en su operación, regular su constitución, reconocimiento legal, funcionamiento y procesos de transformación, fusión, escisión o disolución.
Ámbito de aplicación del decreto
El reglamento es de cumplimiento obligatorio para todas las OSSFL que operen o estén autorizadas a operar en el territorio ecuatoriano. También es aplicable a las entidades públicas encargadas del control y supervisión de estas organizaciones, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Transparencia Social, la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y demás normativas vigentes relacionadas.
Principios rectores de la normativa
La actuación de las autoridades y las OSSFL se regirá por principios de legalidad, proporcionalidad, transparencia, rendición de cuentas, respeto al derecho de asociación y debido proceso. Además, se aplicarán los principios administrativos previstos en el Código Orgánico Administrativo.
Fuente: Decreto Ejecutivo No. 191