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Decreto Ejecutivo 193: Renovación de Estado de Excepción
Mediante el Decreto Ejecutivo 193, se renovó por treinta días adicionales, la declaratoria de estado de excepción en todo el territorio nacional por grave conmoción interna y por conflicto armado interno, incluidos todos los centros de privación de la libertad que integran el Sistema Nacional de Rehabilitación Social sin excepción alguna, en los mismos términos establecidos en los Decretos Ejecutivos No. 110. 111 y 135 de 08, 09 y 2S de enero de 2024, respectivamente; en estricto cumplimiento de los parámetros dispuestos por la Corte Constitucional del Ecuador en su dictamen 1-24-EE/24 de 29 de febrero de 2024.
Además, se dispuso que en la aplicación del artículo 6 del Decreto Ejecutivo No. 110 de 8 de enero de 2024, la suspensión a la inviolabilidad de la correspondencia, se ejecute observando con rigurosidad los requisitos para los que fue formulada. Es decir, debe estar encaminada al fin legítimo que es la identificación, análisis y recopilación de mensajes que tengan por objeto el ocultamiento de cualquier PPL u ocultamiento de alguna conducta ilícita.
Se dispuso también que para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Ejecutivo No. 110 de 8 de enero de 2024, las autoridades responsables en caso de efectuarse requisiciones son el Comandante General de la Policía Nacional y/o subsidiariamente el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
El Decreto Ejecutivo recuerda que el objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífico. Por lo que, la actividad de la Fuerza Pública (Policía Nacional y Fuerzas Armadas) se debe enmarcar en el ordenamiento jurídico ecuatoriano y en el respeto a los derechos humanos de toda la población.