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Decreto Ejecutivo 36: reformas al Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público

jueves, 19 de junio de 2025

El presidente Daniel Noboa expidió el Decreto Ejecutivo No. 36 con el fin de optimizar el uso de recursos públicos mediante reformas al Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, al Reglamento Sustitutivo de Adquisición de Vehículos para las Instituciones del Estado y al Decreto Ejecutivo No. 457 sobre gasto público.

 

 

Restricciones a seguros de salud y regulaciones para seguros de vida

El decreto modifica el artículo 235 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, estableciendo que las instituciones estatales podrán contratar seguros privados de vida únicamente para servidores públicos que desempeñen actividades peligrosas, siempre que cuenten con partida presupuestaria y dentro de los límites fijados por el Ministerio del Trabajo. Queda prohibida expresamente la contratación de seguros privados de salud financiados con recursos del Estado, salvo los seguros de salud por viaje internacional en comisión de servicios, los cuales serán obligatorios cuando no sean cubiertos por el financista del viaje.

 

 

Nuevas condiciones para la compra de vehículos oficiales

Se introducen reformas al Decreto Ejecutivo No. 519, entre ellas, que los vehículos de seguridad para las máximas autoridades deberán ser justificados con un informe técnico sobre el nivel de riesgo y aprobados por la Secretaría General Administrativa de la Presidencia. Se permite además que estos vehículos cuenten con tecnología avanzada sin restricción de costos, siempre que se cumpla la normativa correspondiente. Asimismo, se actualizan los procedimientos sobre la preferencia de producción nacional en la adquisición de vehículos.

 

 

Eliminación de restricciones y ajustes en la compra de vehículos

El decreto elimina los artículos 10, 12 y 31 del Decreto Ejecutivo No. 457 de 2022, e introduce un nuevo artículo 21 que prohíbe la adquisición de vehículos de alta gama, permitiendo la compra de vehículos de trabajo o especializados bajo condiciones de aprobación presupuestaria y normativa específica. También se faculta al Ministerio de Relaciones Exteriores para regular la compra de vehículos para el servicio exterior.

 

 

Vigencia y disposiciones generales

Toda adquisición que implique gasto público requerirá la certificación presupuestaria correspondiente conforme al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Además, se dispone la emisión de normativa complementaria por parte del Ministerio del Trabajo y el Servicio Nacional de Contratación Pública. El decreto deroga normas que se le opongan y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Decreto Ejecutivo No. 36, 18 de junio de 2025.