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Decreto Ejecutivo 602: Condonación de deudas de la Corporación Financiera Nacional B.P.

martes, 15 de abril de 2025

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo N.º 602, mediante el cual se dispone la condonación de créditos irrecuperables otorgados por la Corporación Financiera Nacional B.P., beneficiando a clientes con operaciones calificadas como de riesgo “E”.

Condonación de hasta USD 5.000 para créditos sin garantía

El decreto establece que la Corporación Financiera Nacional (CFN) deberá implementar la condonación de oficio de las deudas hasta por cinco mil dólares de capital, incluidos intereses, comisiones y otros costos, siempre que estas sean consideradas irrecuperables, estén judicializadas, totalmente provisionadas y sin garantías reales para su ejecución.

 

Beneficiarios: créditos asociativos y afectados por crisis del 99

También serán condonadas las obligaciones originadas en créditos asociativos que cumplan con las mismas condiciones, así como aquellas derivadas de la crisis financiera de 1999. Estas medidas se aplicarán a operaciones registradas hasta la fecha de expedición del decreto.

 

Requisito: desistimiento de acciones legales

Uno de los requisitos para acogerse al beneficio será que los deudores renuncien a cualquier acción legal interpuesta contra la CFN. Además, el Directorio y la Gerencia General de la entidad financiera deberán emitir los actos administrativos necesarios para la ejecución del decreto, bajo supervisión de los organismos de control competentes.

Accede aquí al Decreto Ejecutivo 602.