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Decreto Ejecutivo No.698: amnistía migratoria para personas extranjeras

jueves, 23 de marzo de 2023

Mediante el Decreto Ejecutivo No. 698, el presidente Guillermo Lasso otorgó amnistía migratoria para las personas extranjeras que:

  • hayan ingresado regularmente al territorio nacional a través de los puntos de control migratorios oficiales;
  • se encuentren en situación migratoria irregular; y, 
  • hayan efectuado el registro de permanencia migratoria, conforme el cronograma establecido por el Ministerio del Interior, en el Acuerdo Ministerial No. 007 de 17 de agosto de 2022.

¿Cómo se ejecutará el proceso de regularización migratoria extraordinaria?

El proceso de regularización migratoria extraordinaria se ejecutará a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, mediante el otorgamiento de una Visa de Residencia Temporal de Excepción (VIRTE) para las personas extranjeras que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Haber ingresado regularmente al territorio ecuatoriano a través de los puntos de control migratorio oficiales, hasta el 16 de septiembre de 2022;
  • Haber cumplido el proceso de registro de permanencia migratoria ante el Ministerio del Interior, dispuesto mediante Decreto Ejecutivo No. 436 de 01 de junio de 2022; y,
  • No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado ecuatoriano; para lo cual, no deberá constar en los registros de las instituciones del Estado ecuatoriano, relacionadas con el orden público y la seguridad ciudadana.

El artículo 9 de la Constitución de la República determina que las personas extranjeras que se encuentran en el territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas. El artículo 261 de la carta magna dispone que el Estado central tendrá competencias exclusivas sobre el registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio. 

Revisa aquí el Decreto Ejecutivo No. 698.