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Decreto Ejecutivo N° 459: Recuperación de la jornada suspendida del 31 de octubre de 2024

jueves, 14 de noviembre de 2024

El 13 de noviembre de 2024, el Presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo N° 459, mediante el cual establece la modalidad para la recuperación de la jornada laboral suspendida el jueves 31 de octubre de 2024, en el marco de la suspensión general dispuesta por el Decreto Ejecutivo N° 438 del 25 de octubre de 2024.

En el primer artículo de la nueva normativa, se dispone que la recuperación de dicha jornada en el sector público será coordinada y ejecutada directamente por la máxima autoridad o por la Unidad de Administración del Talento Humano de las entidades correspondientes. De esta manera, cada entidad pública deberá organizar y asegurar el cumplimiento de la recuperación de la jornada suspendida, conforme a su estructura y necesidades operativas.

El segundo artículo del Decreto 459 otorga a las máximas autoridades del sector público la responsabilidad de controlar y hacer el seguimiento del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1, asegurando que la recuperación de la jornada suspendida se lleve a cabo de manera adecuada y conforme a lo establecido.

Este decreto complementa lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 438, que suspendió la jornada laboral para el sector público y privado el pasado 31 de octubre, y establece la base para su recuperación en el sector privado y público, con el fin de asegurar el cumplimiento de la jornada laboral anual.

Revisa aquí el Decreto Ejecutivo 459.