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Decreto Ejecutivo No. 395 fusiona ASTINAVE EP y FLOPEC para crear ECUMAR EP

miércoles, 27 de mayo de 2026

El presidente Daniel Noboa Azin suscribió el 27 de mayo de 2026, el Decreto Ejecutivo No. 395, mediante el cual dispuso la fusión por absorción de la Empresa Pública Astilleros Navales Ecuatorianos (ASTINAVE EP) por parte de la Empresa Pública Flota Petrolera Ecuatoriana (EP FLOPEC). Esta última actuará como entidad absorbente y sucesora de todos los derechos y obligaciones de la empresa absorbida.

 


Nueva denominación y objeto institucional

Concluido el período de transición previsto en el decreto, la empresa absorbente pasará a denominarse Empresa Pública Ecuador Marítimo, ECUMAR EP, con domicilio principal en la ciudad de Quito. La nueva entidad tendrá por objeto, entre otros, la prestación de servicios de transporte marítimo, fluvial y multimodal de hidrocarburos y carga en general; el almacenamiento, distribución y comercialización de hidrocarburos y sus derivados; la administración de infraestructura portuaria y de agenciamiento naviero; así como la ejecución de actividades astilleras, industriales, metalmecánicas y de construcción naval. El directorio de ECUMAR EP estará presidido por el titular del Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones.

 


Período de transición y efectos jurídicos

El período de transición para perfeccionar la fusión tendrá una duración de 180 días, contados desde la publicación del decreto en el Registro Oficial. Durante ese plazo, se ejecutará la transferencia progresiva e integral de activos, pasivos, contratos, personal y demás relaciones jurídicas de ASTINAVE EP a favor de EP FLOPEC. Una vez concluida la transición, ASTINAVE EP se extinguirá de pleno derecho, subrogándose EP FLOPEC en todas las relaciones jurídicas de la empresa absorbida. Según el considerando del decreto, la fusión tiene por finalidad fortalecer la capacidad logística, marítima e industrial del Estado mediante la integración operativa, administrativa y estratégica de las empresas involucradas.

 


Continuidad operativa y presupuestaria

Las disposiciones generales del decreto establecen que EP FLOPEC asumirá todas las obligaciones patronales frente al personal de ASTINAVE EP que pase a formar parte de su nómina. Los contratos, licencias, permisos y autorizaciones vigentes de ASTINAVE EP serán subrogados por EP FLOPEC al término del período de transición. Adicionalmente, las partidas presupuestarias y los bienes muebles e inmuebles de ASTINAVE EP pasarán a integrar el patrimonio de la empresa absorbente. El decreto señala expresamente que su ejecución no generará impacto negativo para el Presupuesto General del Estado.

 

Fuente: Decreto Ejecutivo No. 395