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Ejecutivo emite reglamento que fija criterios para declarar el conflicto armado interno
El presidente de la República, Daniel Noboa, expidió el Reglamento General para la Aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad, publicada el 15 de julio de 2025 en el Registro Oficial Quinto Suplemento No. 81. Este instrumento normativo establece los criterios jurídicos y operativos para declarar la existencia de un conflicto armado interno en el país, así como los parámetros para la corresponsabilidad ciudadana durante su vigencia.
Fundamento legal de la regulación
La emisión del reglamento se ampara en el artículo 147, numeral 13, de la Constitución de la República del Ecuador, que faculta al Presidente a expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes. También se sustenta en la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 544 del 12 de abril de 2024.
Dicha ley otorga al Presidente de la República la potestad de declarar la existencia de un conflicto armado interno, en cumplimiento del artículo 164 de la Constitución, y establece medidas extraordinarias que deben ser adoptadas en situaciones de grave conmoción interna por causa de violencia armada organizada.
Contenido normativo del reglamento
El reglamento detalla los criterios jurídicos y técnicos que deben observarse para declarar un conflicto armado interno. Entre ellos se incluyen el nivel de organización y letalidad de los grupos armados, su capacidad de sostener enfrentamientos con las fuerzas del orden, y su control territorial. La verificación de estos parámetros corresponde al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, al Ministerio de Gobierno y a la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado.
Además, el reglamento establece que, una vez declarada esta situación, se podrán aplicar medidas excepcionales de seguridad y control, tales como restricciones a la movilidad, uso intensivo de la fuerza pública y otras acciones operativas. Asimismo, se regulan los mecanismos de corresponsabilidad ciudadana, como el cumplimiento obligatorio de disposiciones en materia de seguridad, cooperación logística y sanciones en caso de incumplimiento.
Aplicación práctica y alcance institucional
El reglamento es de aplicación inmediata y rige mientras dure la vigencia del conflicto armado interno declarado. Está dirigido a todas las instituciones del Estado y a la ciudadanía en general, con énfasis en las zonas geográficas donde se verifique una situación de violencia sistemática y organizada.
Esta normativa fortalece el marco jurídico de actuación del Ejecutivo frente a las bandas delictivas catalogadas como organizaciones terroristas y beligerantes, lo cual ha sido declarado oficialmente desde enero de 2024 mediante Decreto Ejecutivo No. 111. El reglamento será clave para sostener operativos militares y policiales bajo parámetros de legalidad y proporcionalidad.
Fuente: Primicias