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Extinción de obligaciones tributarias menores por parte del SRI en la Zona 7
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido la Resolución No. DZ7-DZOREXC25-00000008, mediante la cual se declara la extinción de ciertas obligaciones tributarias de escaso monto en la Zona 7, conforme a las disposiciones del Código Tributario y reformas introducidas por la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19.
Contexto legal del hecho
La resolución se sustenta en varios principios constitucionales y legales del sistema tributario ecuatoriano. El artículo 83 de la Constitución impone a los ciudadanos el deber de pagar tributos, mientras que el artículo 300 establece principios como la eficiencia, progresividad y simplicidad administrativa. Además, el artículo 56 del Código Tributario, reformado por la Ley Orgánica publicada en el Registro Oficial No. 587 del 29 de noviembre de 2021, permite la declaratoria de extinción masiva de obligaciones menores que hayan prescrito.
Contenido o disposición principal
La Resolución No. DZ7-DZOREXC25-00000008, suscrita por el Director Zonal 7 del SRI, Mgtr. Jair Mogrovejo, el 30 de junio de 2025, declara la extinción de obligaciones tributarias cuya acción de cobro ha prescrito y cuyo monto no excede un salario básico unificado. Esta medida incluye tributos, intereses y multas. El anexo de la resolución detalla los contribuyentes afectados, los valores, años fiscales y tipos de obligaciones extinguidas. La acción se fundamenta en el artículo innumerado a continuación del artículo 56 del Código Tributario.
Implicaciones prácticas o destinatarios
La resolución impacta a contribuyentes de las provincias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe, bajo jurisdicción de la Zona 7 del SRI. Beneficia tanto a personas naturales como a sociedades, al eliminar deudas tributarias de escasa cuantía cuya acción de cobro ya no es procedente. La notificación se realizará mediante la Gaceta Tributaria Digital, conforme a lo dispuesto por el Código Tributario. La Dirección Nacional de Recaudación y Asistencia al Ciudadano deberá registrar las transacciones correspondientes.