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Formulario de Registro Aduanero digital será obligatorio desde el 29 de julio de 2025

lunes, 7 de julio de 2025

Desde el 29 de julio de 2025, entrará en vigencia la obligatoriedad del Formulario de Registro Aduanero (FRA) electrónico para viajeros que ingresen o salgan de Ecuador con bienes o dinero en efectivo por un monto igual o superior a USD 10 000, según lo dispuesto por una resolución del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae).

 

Contexto legal del hecho

La exigencia se sustenta en la Resolución Senae del 9 de diciembre de 2024, que establece este requisito para fortalecer los controles aduaneros, prevenir el lavado de activos y la evasión fiscal. Durante el período piloto, que estuvo vigente hasta el 29 de julio, coexistieron las versiones digital y física del FRA.

 

Contenido o disposición principal

La norma obliga a declarar a los viajeros nacionales o extranjeros que, al entrar o salir del país, porten bienes tributables o dinero en efectivo por USD 10 000 o más (o su equivalente en moneda extranjera). El FRA deberá llenarse exclusivamente en la plataforma web de Aduana, generando un código QR que será presentado en el control aduanero aeroportuario y terrestre.

 

Implicaciones prácticas o destinatarios

  • Quiénes están obligados: Personas que movilicen efectivo o bienes por un valor ≥ USD 10 000 al entrar o salir del país.

  • Plazo para presentación: El formulario puede completarse hasta tres días antes del viaje.

  • Sanciones por incumplimiento: La Senae podrá imponer una multa equivalente al 30 % del valor no declarado o declarado erróneamente, sin perjuicio de eventuales acciones penales

 

Procedimiento para el llenado del FRA digital

  1. Ingresar a www.aduana.gob.ec > Servicio al ciudadano > Formulario de Registro Aduanero.

  2. Crear cuenta con cédula o identificación y clave.

  3. Seleccionar tipo de formulario (ingreso o salida), completar datos personales y declarar bienes o dinero.

  4. Obtener código QR y presentarlo en el control aduanero. 

 

Vigencia y objetivo de la medida

  • Inicio de obligatoriedad: 29 de julio de 2025.

  • Objetivo: Reforzar los mecanismos de control aduanero, prevención del lavado de activos y lucha contra la evasión fiscal.

Fuente: Primicias