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Guillermo Lasso emite Decreto Ejecutivo que concede indulto presidencial

jueves, 23 de noviembre de 2023

Entre sus últimos actos como Presidente de la República, Guillermo Lasso emitió el Decreto Ejecutivo No. 949 que concede el indulto presidencial para personas privadas de libertad.

 

¿Quiénes se beneficiarán por este indulto?

El primer artículo de este decreto ejecutivo aclara que el indulto presidencial aplica para personas privadas de libertad quienes:

  1. Tienen una sentencia condenatoria ejecutoriada;
  2. Tienen un diagnóstico definitivo de ciertas patologías médicas (revísalas a detalle aquí);
  3. No tienen otro proceso penal pendiente en su contra;
  4. No tienen otras sentencias condenatorias, ni medidas cautelares de carácter personal por ejecutar;
  5. No han sido sancionadas disciplinariamente por la comisión de faltas leves, graves o gravísimas desde su ingreso a la prisión;
  6. No han cometido alguno de los delitos imprescriptibles (encontrados en los artículos 80 y 233 de la Constitución y en el COIP).

 

¿Qué entidades se encargarán de cumplir con lo dispuesto en el decreto ejecutivo?

  • El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) se encargará de ejecutar las disposiciones del mismo.
  • El Ministerio de Salud Pública se encargará de asegurar el derecho a la salud de los beneficiarios de este indulto presidencial.
  • El Consejo de la Judicatura se encargará de proveer los recursos necesarios para cumplir con las disposiciones.
  • El Directorio del Organismo Técnico del Sistema Nacional de Rehabilitación Social se encargará de facilitar las acciones necesarias para la inclusión social y familiar de los beneficiarios de este indulto presidencial.

 

El decreto ejecutivo entra en vigencia a partir de su fecha de suscripción el día 22 de noviembre de 2023, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Léelo a detalle aquí.