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Ministerio de Trabajo expide norma para la Certificación de Sustitutos Directos de Personas con Discapacidad

martes, 26 de agosto de 2025

El Ministerio del Trabajo, a través del Acuerdo Ministerial MDT-2025-105, expidió la Norma para la Certificación de Sustitutos Directos de Personas con Discapacidad, con el fin de fortalecer los mecanismos de inclusión laboral y garantizar el pleno ejercicio de derechos de este grupo de atención prioritaria.

La disposición, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 110 el 26 de agosto del 2025, reconoce como sustitutos directos a los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cónyuges, parejas en unión de hecho, representantes o apoderados legales, así como aquellas personas que tengan bajo su responsabilidad el cuidado o manutención de una persona con discapacidad grave, muy grave o completa.

Entre los principales puntos, la norma establece:

Certificación obligatoria: La condición de sustituto directo deberá ser certificada por el Ministerio de Trabajo, previa verificación de requisitos.

Exclusiones: No podrán beneficiarse como sustitutos quienes adeuden pensiones alimenticias a favor de la persona con discapacidad, ni quienes reciban simultáneamente una prestación económica del Estado por la misma condición.

Protección prioritaria: Padres, madres o representantes legales de niñas, niños y adolescentes con discapacidad serán reconocidos automáticamente como sustitutos directos, sin importar el tipo o porcentaje de discapacidad.

Limitación de beneficio: La sustitución solo podrá aplicarse a una persona por cada persona con discapacidad.

El acuerdo se fundamenta en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad y la normativa laboral vigente, que obligan a empleadores públicos y privados con más de 25 trabajadores a contratar al menos un 4% de personas con discapacidad en funciones acordes a sus condiciones y capacidades.

Con esta medida, el Ministerio busca equilibrar las obligaciones laborales con la realidad familiar y social de las personas con discapacidad, reforzando las políticas de inclusión y el principio de no discriminación en el ámbito laboral.

 

Revisa el Registro Oficial aquí...