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Ministerio del Trabajo expide nuevo reglamento para fortalecer la libertad y autonomía sindical
El Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-082, que reforma integralmente la normativa aplicable a la constitución, funcionamiento y disolución de las organizaciones laborales en el país. Esta medida busca garantizar el pleno ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores, bajo principios de libertad sindical, democracia interna y transparencia.
Principales disposiciones del reglamento
El nuevo reglamento regula todos los trámites relacionados con la vida jurídica de sindicatos, asociaciones y comités de empresa, incluyendo la aprobación y reforma de estatutos, el registro de directivas, la disolución de organizaciones y la fiscalización de sus obligaciones legales. Se destacan los siguientes aspectos:
Clasificación de organizaciones laborales: Se establecen tres niveles: primer grado (sindicatos, asociaciones y comités de empresa), segundo grado (federaciones) y tercer grado (confederaciones o centrales sindicales).
Personería jurídica y registro: Las organizaciones deberán cumplir requisitos específicos según su nivel, con control técnico de la Subsecretaría de Trabajo para garantizar la legalidad y representatividad.
Democracia interna: Se refuerza la alternabilidad, paridad de género y límites a la reelección en las directivas, prohibiendo prórrogas automáticas de funciones.
Obligaciones financieras: Las confederaciones de tercer grado deberán presentar un informe anual sobre el uso de los aportes del 0,5% de las remuneraciones, conforme a la Ley de Financiamiento de las Centrales Sindicales.
Plazos y disposiciones transitorias
Las organizaciones laborales tendrán 90 días desde la entrada en vigencia del acuerdo para reformar sus estatutos e incorporar los nuevos principios de alternabilidad, paridad y límites de reelección, así como para actualizar la nómina de sus miembros ante el Ministerio del Trabajo. Además, las confederaciones deberán presentar el informe técnico-financiero correspondiente a los fondos percibidos en 2024.
El acuerdo deroga el Acuerdo Ministerial MDT-2024-012 y entró en vigor desde su suscripción, el 25 de julio de 2025, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.