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ONU descarta existencia de conflicto armado interno en Ecuador
El Grupo de Trabajo de la ONU sobre el uso de mercenarios y la Relatoría Especial sobre la protección de los derechos humanos frente al terrorismo señalaron que Ecuador no cumple los criterios jurídicos para ser calificado como un conflicto armado no internacional. Los expertos manifestaron que, a pesar de los niveles de violencia registrados, las bandas criminales no poseen la estructura organizativa ni la capacidad de ejercer control territorial sostenido exigida por el Derecho Internacional Humanitario. Esta declaración surge tras una evaluación técnica de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional para enfrentar el crimen organizado y la delincuencia transnacional.
Criterios del Derecho Internacional Humanitario en el contexto local
La normativa internacional establece que para declarar un conflicto armado interno se requiere demostrar un alto grado de intensidad en las hostilidades y una organización militarizada de las partes enfrentadas. Según el reporte técnico, las acciones de los grupos de delincuencia organizada en territorio ecuatoriano se enmarcan en situaciones de tensiones internas o disturbios que deben ser gestionados bajo el derecho internacional de los derechos humanos. El organismo internacional precisó que la aplicación de normas de guerra en contextos de seguridad ciudadana puede generar vacíos en la protección de las garantías fundamentales de la población.
Observaciones jurídicas al Decreto Ejecutivo 111 y marco antiterrorista
El informe analiza el Decreto Ejecutivo 111 y las resoluciones posteriores que otorgan atribuciones militares para el control del orden interno bajo la premisa de una guerra interna. La ONU observó que el uso del término terrorismo para describir la actividad delictiva generalizada no justifica por sí solo la transición a un marco jurídico de conflicto armado según los estándares de los Convenios de Ginebra. Los relatores indicaron que el ordenamiento jurídico ecuatoriano debe priorizar el fortalecimiento de la Policía Nacional y el sistema judicial en lugar de la militarización permanente de la seguridad pública.
Riesgos regulatorios y protección de derechos fundamentales
Las observaciones resaltan que la calificación de conflicto armado interno permite el uso de la fuerza letal bajo estándares distintos a los del mantenimiento del orden civil cotidiano. Expertos de Naciones Unidas advirtieron sobre el riesgo de detenciones arbitrarias y posibles vulneraciones al debido proceso bajo la vigencia de estados de excepción prolongados y operativos militares en centros penitenciarios. La organización instó a las autoridades a revisar las bases legales que sustentan las operaciones actuales para asegurar su conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado.
Recomendaciones para el ajuste del marco legal de seguridad
Como próximos pasos en el ámbito regulatorio, el organismo internacional sugiere que el Estado ajuste su estrategia de seguridad a un modelo que respete los principios de proporcionalidad y necesidad dentro del derecho penal común. El pronunciamiento servirá como referencia para los organismos de supervisión internacional y para los tribunales nacionales en el análisis de constitucionalidad de las medidas extraordinarias vigentes. Este escenario plantea un debate técnico sobre la jerarquía de las normas internacionales frente a las decisiones del Ejecutivo en materia de defensa y seguridad interna.
Fuente: PRIMICIAS