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Panamá deja de ser considerado paraíso fiscal por el SRI

lunes, 18 de agosto de 2025

El Servicio de Rentas Internas (SRI) reformó  la lista de paraísos fiscales del Ecuador, excluyendo a la República de Panamá de este listado. La decisión se formalizó mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000021, suscrita el 15 de agosto de 2025 por el Director General del SRI.

 

Decisión basada en estándares internacionales

La medida responde a una serie de avances realizados por Panamá para alinearse con los estándares internacionales en materia de transparencia fiscal. Entre los cambios destacados, se incluye el cumplimiento de acciones sugeridas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el compromiso político del país y la implementación de planes correctivos reconocidos por la Comisión Europea. Además, Panamá ha activado mecanismos de intercambio automático de información financiera (CRS) con el Ecuador, contribuyendo eficazmente al control tributario.

 

Acuerdo bilateral fortalece la cooperación tributaria

El 14 de agosto de 2025, Ecuador y Panamá firmaron un acuerdo para el intercambio de información en materia tributaria, lo cual permite a ambas administraciones fiscales acceder a datos bancarios, societarios y contables. Este tratado se alinea con los principios de la OCDE y el Foro Global, facilitando la lucha contra la evasión fiscal y fortaleciendo la integridad del sistema tributario ecuatoriano.

 

Reformas a la normativa vigente

Como parte de la reforma, se elimina expresamente la mención de Panamá del artículo 2 de la Resolución NAC-DGERCGC15-00000052, y se deroga el artículo 3 de la misma. Además, se establece que los contribuyentes deberán considerar únicamente los criterios legales definidos para determinar si una jurisdicción califica como paraíso fiscal, sin que ello implique necesariamente una referencia explícita a ningún Estado en particular.

Fuente: Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000021, Servicio de Rentas Internas del Ecuador, 15 de agosto de 2025.