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Pleno de la Asamblea Nacional aprueba Ley de Vivienda de Interés Social para reducir déficit habitacional

lunes, 30 de marzo de 2026

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el 30 de marzo de 2026 el proyecto de ley orgánica orientado a incentivar la construcción de vivienda de interés social y mitigar el déficit habitacional en el país. El texto normativo establece una estructura de incentivos y simplificación administrativa que busca dinamizar la oferta de inmuebles para los estratos económicos de menores ingresos mediante la colaboración entre el Estado y promotores privados. El cuerpo legal fue ratificado tras alcanzar el consenso necesario en el pleno parlamentario para su posterior envío al Ejecutivo.

 

Incentivos tributarios y financieros para la promoción de proyectos

La legislación incorpora beneficios específicos como la exoneración de tributos en la importación de materiales de construcción y facilidades crediticias con tasas preferenciales para los compradores finales. Estas medidas pretenden reducir los costos de producción de las unidades habitacionales y asegurar que las instituciones financieras mantengan líneas de crédito hipotecario accesibles bajo la supervisión de la Junta de Política y Regulación Financiera. El objetivo central es que el sector constructor cuente con seguridad jurídica para invertir en proyectos de largo alcance.

 

Requisitos técnicos y estándares de habitabilidad social

El articulado define criterios técnicos para la calificación de proyectos de interés social los cuales deben cumplir con normativas de ecoeficiencia y acceso a servicios básicos esenciales de forma integral. Se establecen además plazos máximos para la aprobación de planos y permisos en los gobiernos autónomos descentralizados con el fin de evitar retrasos burocráticos que encarezcan el valor final de la vivienda. La normativa busca garantizar que el crecimiento urbano se realice de forma planificada y con infraestructura adecuada para los beneficiarios.

 

Participación de los gobiernos autónomos descentralizados en el territorio

El rol de los municipios resulta fundamental en la implementación de esta normativa ya que se otorgan facultades para la gestión de suelos y la aplicación de incentivos locales adicionales como la reducción de tasas administrativas. La ley fomenta la planificación urbana sostenible permitiendo que ciertos predios estatales en desuso sean destinados prioritariamente al desarrollo de complejos habitacionales de carácter social. Esto permite una mejor distribución de la población y el aprovechamiento de espacios subutilizados en las zonas urbanas y periféricas.

 

Proceso constitucional y vigencia de la normativa aprobada

Luego de la votación favorable en el legislativo el documento será enviado a la Función Ejecutiva para su sanción o veto conforme a los plazos establecidos en la Constitución de la República. De no presentarse objeciones por parte de la Presidencia la ley entrará en vigencia una vez publicada en el Registro Oficial marcando un cambio en la política pública de hábitat y vivienda a nivel nacional. Las instituciones competentes tendrán un plazo determinado para emitir los reglamentos necesarios que permitan la operatividad de los beneficios fiscales y financieros.

 

Fuente: Asamblea Nacional del Ecuador