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Precedente Jurisprudencial Obligatorio respecto a garantías a debido proceso de servidores públicos

miércoles, 21 de agosto de 2024

El día de hoy, 21 de agosto de 2024, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia aprobó por unanimidad un Precedente Jurisprudencial Obligatorio en materia contencioso administrativa sobre la acción de repetición por cuerda separada, en relación al artículo 48 de la Ley Orgánica de Servicio Público.

Se declara como precedente jurisprudencial obligatorio, el siguiente punto de derecho:

"En respeto a las garantías al debido proceso de los servidores públicos, en la resolución de las acciones subjetivas o de plena jurisdicción por las que se declare la ilegalidad o nulidad de actos administrativos, los tribunales contencioso administrativos no están facultados a declarar la responsabilidad personal de los servidores o agentes públicos que, presuntamente, hayan sido los causantes de tales vicios. En estos casos, las administraciones públicas deberán iniciar la acción judicial de repetición que corresponda, por cuerda separada". 

Fuente: Corte Nacional de Justicia.