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Presentación de Certificado de Antecedentes Penales para ingreso por fronteras de Perú y Colombia

viernes, 12 de enero de 2024

Mediante el Acuerdo Ministerial No. 7, promulgado en el Registro Oficial Primer Suplemento 476 del 12 de enero del 2024, el Ministerio de Interior acordó que los organismos encargados de efectuar el control migratorio, requerirán a los ciudadanos extranjeros que ingresen por las fronteras de Perú y Colombia la presentación del Certificado de Antecedentes Penales del país de origen o de residencia durante los últimos cinco años, debidamente apostillado.

Según la norma, esta medida se toma con el fin de evitar y controlar el ingreso de individuos pertenecientes a organizaciones terroristas, de delincuencia organizada o que constituyan una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado.

Los niños, niñas y adolescentes acompañados de familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, estarán exentos de la presentación de este requisito.

¿Por cuanto tiempo estará vigente esta medida?

La exigencia del cumplimiento del requisito indicado en el artículo anterior, será obligatoria mientras dure el estado de emergencia y reconocimiento del conflicto armado
interno decretado por el Presidente Constitucional de la República.

Revisa aquí el Registro Oficial Primer Suplemento 476 del 12 de enero del 2024.