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Presidente Daniel Noboa impulsa cinco reformas parciales a la Constitución del Ecuador
El presidente de la República, Daniel Noboa, anunció la presentación de cinco nuevas propuestas de enmienda parcial a la Constitución del Ecuador, dirigidas a reformar aspectos institucionales clave en materia de seguridad, justicia y gobernabilidad. El proceso se tramitará por vía legislativa, conforme al artículo 441 de la Carta Magna.
Contexto legal del hecho
La Constitución de la República del Ecuador establece en su artículo 441 que las reformas parciales pueden ser propuestas por el Presidente de la República, la Asamblea Nacional o la ciudadanía, y deben tramitarse a través de enmienda o reforma, según el alcance del cambio propuesto. En este caso, el Ejecutivo ha optado por la vía legislativa, sin requerir consulta popular, siempre que se trate de una reforma parcial.
Este anuncio se produce luego de que, en abril de 2024, ya se aprobara por consulta popular y referéndum un primer paquete de enmiendas constitucionales relacionadas principalmente con seguridad y extradición.
Contenido o disposición principal
Las cinco propuestas anunciadas por el presidente Noboa contemplan:
Eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS): Se propone transferir sus funciones de designación a la Asamblea Nacional mediante comisiones técnicas calificadas y veeduría ciudadana.
Reformas al Consejo de la Judicatura: Se busca que sus vocales sean seleccionados mediante concurso público organizado por la Función Judicial, y que los jueces se nombren con base en méritos.
Creación de un sistema de justicia especializada para delitos de corrupción y crimen organizado: Se propone la conformación de unidades con jueces, fiscales y defensores expertos, con remuneraciones diferenciadas.
Reformas para institucionalizar el sistema de seguridad integral: Incluye una normativa constitucional que obligue a los órganos del Estado a cooperar y coordinar en materia de seguridad.
Reconocimiento de la figura de muerte cruzada dentro de un régimen de gobernabilidad: Se pretende dotar de mayor precisión a la aplicación del artículo 148 de la Constitución, que faculta al Presidente a disolver la Asamblea bajo causales determinadas.
Implicaciones prácticas o destinatarios
De aprobarse estas reformas por vía legislativa, el país experimentaría un cambio estructural en la conformación del sistema de justicia, en el esquema de designación de autoridades y en el modelo de gestión de seguridad pública. La eliminación del CPCCS y la modificación del Consejo de la Judicatura implicarían una redistribución de competencias entre las funciones del Estado, principalmente hacia la Asamblea Nacional y el Consejo de la Judicatura.
Además, la creación de una justicia especializada para combatir la corrupción y el crimen organizado responde a la agenda de seguridad prioritaria del actual gobierno. La inclusión de reformas sobre la cooperación interinstitucional en seguridad y el uso de la muerte cruzada como herramienta política buscan reforzar la gobernabilidad y el control democrático.
Estas reformas deberán ser conocidas y debatidas por la Asamblea Nacional, conforme al procedimiento previsto en el artículo 442 de la Constitución, y si cumplen los requisitos, podrían entrar en vigencia sin necesidad de consulta popular.
Fuente: Primicias