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Presidente Daniel Noboa propone incentivo tributario por donación de vivienda de interés social
El Ejecutivo ecuatoriano remitió a la Asamblea Nacional un proyecto de ley que establece un incentivo tributario para personas naturales y jurídicas que realicen donaciones de viviendas de interés social destinadas a sectores vulnerables. La propuesta busca reducir el déficit habitacional mediante la modificación de la Ley de Régimen Tributario Interno, permitiendo que el sector privado acredite el valor de las construcciones donadas como una rebaja directa en el Impuesto a la Renta causado a partir del ejercicio fiscal 2026.
Mecanismo de rebaja en el Impuesto a la Renta por donaciones
El beneficio planteado consiste en una deducción equivalente al cien por ciento del valor donado, tomando como referencia exclusiva el avalúo catastral de la vivienda construida y entregada al ente rector de hábitat. Según el articulado, este incentivo tiene un límite máximo del treinta por ciento del impuesto causado por el contribuyente en el ejercicio fiscal correspondiente, aclarando que la aplicación de esta medida no generará en ningún caso derecho a devolución de impuestos por parte de la administración tributaria.
Criterios de valoración y límites del beneficio fiscal
La gestión operativa del programa recae sobre el Ministerio de Infraestructura y Transporte, el cual deberá publicar anualmente un listado de necesidades prioritarias y proyectos habilitados para recibir estas donaciones. El Ministerio de Finanzas será el encargado de definir el cupo máximo de beneficios tributarios anuales en función de la planificación fiscal nacional, comunicando estos techos presupuestarios a la autoridad de vivienda para su implementación efectiva, especialmente en provincias con altos índices de déficit como Guayas.
Planificación anual y priorización de sectores vulnerables
El proyecto de ley detalla que los beneficiarios directos de estas soluciones habitacionales serán familias categorizadas en niveles de pobreza y pobreza extrema, con prioridad para personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres. Empresas de sectores estratégicos como la industria cementera y acerera ya han manifestado interés en participar bajo esta modalidad, la cual pretende canalizar la inversión privada hacia el cumplimiento de metas de desarrollo urbano en un país donde el déficit supera las setecientas mil viviendas.
Temporalidad de la medida y proyecciones de impacto sectorial
La normativa propuesta tiene un carácter temporal y será aplicable únicamente durante cuatro ejercicios fiscales, comprendidos entre los años 2026 y 2029, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación en el Registro Oficial. El Gobierno proyecta que la fijación de valores específicos para las viviendas se determine vía reglamento, estableciendo un marco regulatorio que permita a las empresas dirigir parte de su carga impositiva hacia la construcción de infraestructura social sin afectar la liquidez inmediata del erario público.
Fuente: Asamblea Nacional