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Presidente Daniel Noboa veta parcialmente ley sobre discriminación laboral a mayores de 40 años

miércoles, 19 de marzo de 2025

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha emitido un veto parcial a la ley aprobada por la Asamblea Nacional que buscaba prevenir la discriminación laboral por motivos de edad, especialmente enfocada en proteger a los trabajadores mayores de 40 años. ​
 

Detalles del veto presidencial

El Ejecutivo identificó que dos artículos del proyecto presentan posibles vicios de inconstitucionalidad, mientras que otros siete resultan inconvenientes. Según el presidente Noboa, algunas disposiciones ya están contempladas en la Constitución y en otras leyes vigentes, lo que genera redundancias. ​

Uno de los puntos más destacados de la reforma legislativa es la obligación impuesta a las empresas con al menos 25 empleados de contratar a una persona mayor de 40 años. Esta cuota aumentaría progresivamente hasta alcanzar al menos el 4% de la plantilla en el quinto año. El gobierno considera que esta medida contraviene el artículo 82 de la Constitución, que garantiza la seguridad jurídica de los empleadores, al imponer la creación de plazas laborales sin considerar las necesidades específicas, preparación y capacidades de los candidatos. ​

 

Otras objeciones señaladas

Además de la cuota de contratación, el veto presidencial señala otras disposiciones por inconveniencia, entre ellas:​

  • Capacitación obligatoria: La ley dispone que las empresas deben capacitar a sus trabajadores en temas relacionados con la no discriminación, violencia y acoso laboral. El Ejecutivo argumenta que estas obligaciones ya están contempladas en el Código de Trabajo vigente.​

  • Prohibición de anuncios discriminatorios: Se prohíben anuncios laborales que incluyan requisitos de edad o características físicas específicas. El gobierno señala que la normativa actual ya establece que los procesos de selección deben basarse en competencias y capacidades, sin discriminación.​
    Primicias

  • Derecho a explicación en procesos de selección: La reforma permite que los postulantes no seleccionados puedan solicitar una explicación y, en caso de considerarlo necesario, presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo. El Ejecutivo objeta que esta entidad regula las relaciones laborales en situación de dependencia, pero no los procesos de selección que no constituyen un vínculo laboral formal.​
     

Próximos pasos

Los artículos objetados por inconstitucionalidad serán remitidos a la Corte Constitucional, que deberá emitir un pronunciamiento al respecto. 
 

Fuente: PRIMICIAS