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Promulgación de Ley Orgánica de Pagos en Plazos Justos, Primero las MYPES

miércoles, 23 de noviembre de 2022

El 22 de noviembre se promulgó la Ley Orgánica de Pagos en Plazos Justos, Primero las MYPES, en el Registro Oficial Cuarto Suplemento 194.

 

¿A quién aplica la Ley Orgánica de Pagos en Plazos Justos, Primero las MYPES?

Esta Ley tiene por objeto desarrollar un marco de protección para las personas naturales y jurídicas calificadas como micro y pequeñas empresas y a las organizaciones que integran la agricultura familiar campesina y la economía popular y solidaria, respecto de los plazos de pago en sus operaciones comerciales, que generen posibles condiciones contractuales gravosas, incorporando la obligación legal de pago en plazos justos. 

La Ley regulará la relación contractual mercantil o de contratación pública, en lo atinente al pago entre personas naturales, jurídicas, públicas o privadas.

Su aplicación rige para las grandes empresas y las entidades del sector público, en sus relaciones contractuales directas con micro y pequeñas empresas, calificadas por el Servicio de Rentas Internas, según la definición establecida por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y su reglamento.

 Se excluyen del ámbito de aplicación de esta Ley:  

  1. Los pagos efectuados en las operaciones comerciales en las que intervengan consumidores, y que estén sujetas a las normas de protección del consumidor.  
  2. Las deudas sometidas a procedimientos concursales o de refinanciamiento crediticio sobre deuda actual, que se regirán por lo establecido en su legislación especial. 
  3. Los servicios de intermediación financiera del sistema financiero nacional.