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Reforma al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para optimizar la adquisición de bienes estratégicos en el sector salud
Mediante Decreto Ejecutivo No. 243, suscrito por el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, Daniel Roy Gilchrist Noboa Azin, se expidió la reforma al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, con el objetivo de optimizar los procedimientos de adquisición de medicamentos, bienes estratégicos y servicios vinculados al sector salud, garantizando eficiencia, continuidad y oportunidad en el abastecimiento público.
El referido Decreto Ejecutivo fue emitido en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, el 12 de diciembre de 2025, y dispone su entrada en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, conforme lo establece su disposición final.
La reforma normativa introduce ajustes relevantes al régimen de contratación pública, particularmente en los procedimientos aplicables al sector salud, destacándose los siguientes aspectos:
Optimización de los procedimientos precontractuales para la adquisición de medicamentos y bienes estratégicos, atendiendo a su carácter esencial y prioritario.
Fortalecimiento de los mecanismos de compra corporativa, orientados a asegurar eficiencia administrativa, transparencia y competencia.
Garantía de la continuidad en el abastecimiento de bienes y servicios indispensables para la prestación del servicio público de salud.
Priorización de criterios de calidad, seguridad y eficacia en los bienes adquiridos, en concordancia con la normativa sanitaria vigente.
Ratificación del uso obligatorio del Portal de Contratación Pública como medio oficial para la gestión de los procedimientos electrónicos de contratación.
El Decreto Ejecutivo se fundamenta en los principios constitucionales que rigen la administración pública, tales como eficiencia, transparencia, calidad, legalidad, planificación y responsabilidad, así como en el deber del Estado de garantizar el derecho a la salud y la correcta administración de los recursos públicos.
Asimismo, se reafirma el rol del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) como entidad técnica rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública, encargada de regular, administrar y supervisar los procedimientos de contratación estatal, en el marco de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su reglamento general.
Implicaciones jurídicas y administrativas
La reforma tiene incidencia directa en las entidades contratantes, proveedores del Estado, unidades administrativas y jurídicas, así como en los profesionales del derecho administrativo y de la contratación pública, quienes deberán revisar y adecuar sus procedimientos internos a las nuevas disposiciones reglamentarias, a fin de asegurar su correcta aplicación y evitar contingencias legales.