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Registro Oficial del día: ANT autoriza la circulación con licencia de conducir caducada hasta el 31 de diciembre de 2025

lunes, 8 de diciembre de 2025

La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANT) emitió la Resolución Nro. ANT-ANT-2025-0261-R, publicada en el Registro Oficial Año I No. 179 del 08 de diciembre de 2025, mediante la cual autoriza, de manera excepcional, la circulación de vehículos conducidos por personas cuya licencia se encuentre caducada, hasta el 31 de diciembre de 2025.

 

Fundamento constitucional y legal de la medida

La resolución se basa en los artículos 52, 66, 82, 226 y 227 de la Constitución de la República del Ecuador, que garantizan el derecho a servicios de calidad, seguridad jurídica y principios de eficiencia en la administración pública. Asimismo, se apoya en los artículos 16 y 89 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV), que facultan a la ANT para regular y planificar el tránsito en el país.

 

Alcance de la autorización excepcional

La resolución autoriza a los conductores a circular por vías públicas del territorio nacional con licencias de conducir caducadas, siempre que presenten el comprobante de turno generado a través de los canales oficiales de la ANT para la renovación del documento. Esta autorización es válida únicamente hasta el 31 de diciembre de 2025 y no exime al ciudadano de la obligación de renovar su licencia dentro del plazo establecido.

 

Obligaciones de los conductores y medidas de control

Los ciudadanos que se acojan a esta medida deberán portar obligatoriamente el turno de renovación asignado por la ANT, el cual será requerido por los agentes de control en las vías. La ANT advierte que, en caso de no cumplir con esta condición, se aplicarán las sanciones correspondientes conforme al ordenamiento jurídico vigente. Además, se instruye a las unidades de control operativas a nivel nacional que actúen en concordancia con lo dispuesto en la resolución hasta su expiración.

Fuente: Registro Oficial Año I No. 179 del 08 de diciembre de 2025