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Registro Oficial del día: ANT prorroga vigencia de licencias y exámenes psicosensométricos hasta junio

lunes, 16 de marzo de 2026

La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANT) dispuso la prórroga de la vigencia y uso de las licencias de conducir caducadas a partir del 30 de enero de 2026 hasta el 30 de junio del mismo año. Esta medida administrativa responde a la suspensión de actividades de la institución por un lapso de treinta días, formalizada previamente mediante la Resolución Nro. ANT-ANT-2026-0019-R. La decisión busca salvaguardar el derecho a la seguridad jurídica y asegurar la continuidad en la prestación de servicios públicos ante el cierre temporal de las dependencias estatales.

 

Requisitos obligatorios para la circulación con títulos habilitantes

Los ciudadanos cuya licencia de conducir haya expirado desde la fecha señalada podrán circular por las vías del país siempre que porten el turno impreso obtenido a través de la página web institucional de la ANT. Adicionalmente, el conductor debe presentar el documento físico caducado o, en caso de haberlo extraviado, la denuncia por pérdida o robo realizada ante la autoridad competente. Los organismos de control operativo de tránsito a nivel nacional tienen la disposición de verificar estos documentos y observar estrictamente el contenido de la resolución para no afectar los derechos ciudadanos durante los operativos.

 

Validez de exámenes psicosensométricos y procesos de brevetación

La resolución administrativa establece que los exámenes psicosensométricos y demás requisitos previos para la obtención, renovación o duplicado de licencias que caducaron desde el 30 de enero de 2026 mantienen su validez hasta el 30 de junio de 2026. Por otro lado, la vigencia del título de conductor profesional para la brevetación de estudiantes graduados, cuyo año calendario vencía en el sistema informático hasta el 9 de marzo de 2026, se extiende hasta el 30 de abril de 2026. Estas disposiciones técnicas no eximen a los usuarios del cumplimiento de los estándares de aptitud psicofísica ni de los demás reglamentos vigentes.

 

Ampliación de plazos para escuelas de conducción y centros de recuperación

El organismo regulador determinó ampliar por el término de 30 días el plazo para el ingreso de documentación técnica por parte de las escuelas de conducción profesionales, no profesionales y centros de recuperación de puntos. Esta medida abarca la entrega de nóminas de alumnos matriculados, graduados y solicitudes de rectificación de registros ante la autoridad de tránsito. La Dirección de Tecnologías de la Información de la ANT recibió la disposición de implementar estos cambios en el sistema informático para garantizar que los procesos administrativos de los centros de formación no se vean interrumpidos por la contingencia institucional.

Fuente: Registro Oficial Tercer Suplemento Nº 244 del 16 de marzo de 2025