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Registro Oficial del día: ARCOTEL reforma norma técnica sobre contratos de adhesión y empadronamiento de usuarios

miércoles, 20 de agosto de 2025

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) expidió la Resolución No. ARCOTEL-2025-0126, publicada en el Registro Oficial Año I Primer Suplemento No. 106 del 20 de agosto de 2025, mediante la cual se aprueba la reforma de la norma técnica que regula las condiciones generales de los contratos de adhesión, el contrato negociado con clientes y el empadronamiento de abonados y clientes en el sector de telecomunicaciones.

 

Contexto legal del hecho

La reforma se enmarca en las competencias otorgadas a ARCOTEL por la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, que faculta al organismo a regular los servicios públicos de telecomunicaciones, garantizar derechos de los usuarios y establecer requisitos para la contratación. El artículo 33 de esta ley dispone que ARCOTEL definirá los lineamientos para la suscripción de contratos entre proveedores de servicios y sus clientes, así como el procedimiento de empadronamiento de abonados.

 

Contenido o disposición principal

La Resolución No. ARCOTEL-2025-0126 introduce cambios sustanciales en los siguientes aspectos:

  • Contratos de adhesión: Se especifican las condiciones mínimas que deben constar en este tipo de contratos, garantizando transparencia y simetría en la relación proveedor-usuario. La cláusula de terminación unilateral deberá ser explícita y justificada.

  • Contratos negociados: Se establecen nuevos parámetros para contratos individualizados con clientes corporativos o de alto consumo, permitiendo mayor flexibilidad bajo condiciones previamente autorizadas por ARCOTEL.

  • Empadronamiento de abonados y clientes: Se actualiza el procedimiento de registro, exigiendo validación de identidad y mecanismos electrónicos de verificación. Este empadronamiento será requisito indispensable para activar servicios.

La normativa también obliga a los operadores a incorporar mecanismos de aceptación expresa de condiciones, evitando el uso de cláusulas abusivas o de difícil comprensión.

 

Implicaciones prácticas o destinatarios

La resolución es de cumplimiento obligatorio para todos los proveedores de servicios de telecomunicaciones autorizados en el país. Estos deberán adecuar sus contratos y sistemas de empadronamiento en un plazo determinado conforme a los lineamientos emitidos. Los usuarios, por su parte, se beneficiarán de mayores garantías contractuales y procedimientos más seguros de identificación.

El cumplimiento será supervisado por ARCOTEL mediante auditorías y sanciones en caso de incumplimiento. Las reformas entran en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial, el 20 de agosto de 2025.

Fuente: Registro Oficial Año I Primer Suplemento No. 106 del 20 de agosto de 2025