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Registro Oficial del día: ARCSA amplía plazo para implementación de nuevas tasas en permisos de funcionamiento

viernes, 24 de abril de 2026

La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) dispuso la ampliación del plazo para la entrada en vigor de los nuevos valores por concepto de obtención de permisos de funcionamiento en Ecuador. Mediante la Resolución Nro. ARCSA-ARCSA-2026-0009-R, publicada en el Registro Oficial Año ll No. 272 del 24 de abril de 2026, suscrita el 10 de abril de 2026, la institución extendió por sesenta días adicionales la aplicación de la normativa técnica que regula el cobro de estas tasas para los establecimientos sujetos a control sanitario. Esta prórroga establece como nueva fecha límite el 16 de junio de 2026, permitiendo un margen de tiempo para la adecuación de las plataformas institucionales.

 

Extensión del plazo por complejidad técnica del sistema

La decisión de postergar la aplicación de las nuevas tasas responde a la complejidad técnica y operativa detectada en la plataforma de permisos de funcionamiento. Los informes técnicos institucionales señalaron la necesidad de completar fases de validación, ajustes técnicos y pruebas de marcha blanca para garantizar la correcta incorporación de las nuevas funcionalidades. Este periodo de dos meses adicionales, contados a partir del 18 de abril de 2026, busca asegurar que el sistema informático opere de forma óptima antes de procesar los trámites bajo el nuevo esquema tarifario.

 

Marco jurídico de la regulación y control sanitario

El acto administrativo se fundamenta en las competencias otorgadas por la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Salud, que facultan a la autoridad sanitaria para regular y controlar las actividades relacionadas con el consumo humano. El ordenamiento jurídico ecuatoriano permite que las entidades del sector público establezcan tasas por servicios de control, inspecciones y permisos con el fin de recuperar los costos operativos incurridos. La ARCSA, como organismo técnico encargado de la vigilancia de alimentos procesados, medicamentos y dispositivos médicos, ejerce esta potestad de forma bianual según lo previsto en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

 

Vigencia de las nuevas categorías y requisitos de funcionamiento

La resolución contempla que las nuevas categorías, actividades y requisitos establecidos previamente se mantendrán en suspenso hasta que finalice el periodo de prórroga o se logre la implementación técnica completa. La normativa abarca una amplia gama de establecimientos, incluyendo plantas industriales, establecimientos farmacéuticos y empresas de cosméticos, los cuales deben obtener obligatoriamente su permiso de funcionamiento previo a su uso. La Agencia mantiene su responsabilidad de suspender o cancelar las notificaciones sanitarias en caso de incumplimiento de los estándares de calidad y seguridad exigidos por la ley.

 

Procedimiento para el cobro anticipado de tasas

A pesar de la prórroga establecida, el organismo regulador previó un mecanismo de activación inmediata en caso de que los ajustes informáticos concluyan antes del plazo máximo. La Dirección Técnica de Buenas Prácticas y Permisos deberá informar a la Dirección Administrativa Financiera sobre el funcionamiento operativo del sistema para iniciar el cobro de las tasas de forma automática. Esta disposición busca agilizar la transición al nuevo modelo regulatorio en el momento exacto en que la plataforma digital cumpla con todas las verificaciones de procesos críticos.

 

Impacto en los establecimientos sujetos a vigilancia sanitaria

La medida afecta directamente a los establecimientos que fabrican, importan, comercializan o expenden productos de uso y consumo humano en el territorio nacional. La resolución ratifica que el cumplimiento de la normativa técnica es indispensable para la obtención de certificados de Registro Sanitario y Notificaciones Sanitarias Obligatorias. Con la publicación oficial el 24 de abril de 2026, las instituciones del sector y los profesionales del derecho cuentan con una base normativa clara sobre los tiempos de espera y las obligaciones administrativas vigentes para el ejercicio de actividades económicas reguladas.

Fuente: Registro Oficial Año ll No. 272 del 24 de abril de 2026