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Registro Oficial del día: ARCSA reforma reglamento de administración de fondos de caja chica
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria emitió la resolución ARCSA-ARCSA-2026-0008-R, publicada en el Registro Oficial Año l Primer Suplemento No. 245 del 17 de marzo de 2026, para expedir la segunda reforma parcial al reglamento interno para la administración y control del fondo fijo de su caja chica. El documento fue suscrito el diez de marzo de dos mil veintiséis y tiene como propósito principal establecer los mecanismos de pago para aquellas obligaciones institucionales que sean de carácter no previsible, urgente y de un valor económico reducido.
Montos autorizados y dependencias habilitadas
La nueva estructura normativa autoriza la apertura de un fondo fijo de caja chica estableciendo un límite máximo de doscientos dólares de los Estados Unidos de América para áreas específicas. Las unidades administrativas que se encuentran habilitadas para el manejo de estos recursos económicos son la Dirección Administrativa Financiera, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Dirección de Laboratorio de Referencia y las diversas Entidades Operativas Desconcentradas.
Reglas para la utilización de los recursos
El capital asignado se utilizará exclusivamente para el pago de bienes y servicios de menor cuantía que resulten necesarios para garantizar la continuidad operativa de la institución pública. Entre los gastos autorizados se contempla la adquisición de suministros y útiles de aseo que carezcan de inventario en bodega, reparaciones emergentes en instalaciones físicas, compras urgentes de repuestos básicos de tecnología y servicios menores requeridos para el parque automotor oficial.
Designación y perfil técnico del custodio
La responsabilidad del manejo de los recursos recaerá sobre un custodio, quien será designado formalmente por el director de cada unidad mediante un acto administrativo motivado. El perfil exigido para este rol determina que el servidor debe mantener una relación laboral vigente con la entidad y tiene expresamente prohibido ejercer de forma simultánea funciones que impliquen certificación presupuestaria o autorización del gasto, garantizando la debida segregación de responsabilidades institucionales.
Plazos de implementación y entrada en vigencia
Las direcciones institucionales disponen de un término de tres días contados desde la suscripción de la normativa para remitir a la dependencia financiera la designación formal de sus custodios. La presente resolución administrativa entró en vigencia de forma inmediata a partir de la fecha de su suscripción, con total independencia de los trámites correspondientes para su posterior publicación formal en el Registro Oficial del Ecuador.
Fuente: Registro Oficial Año l Primer Suplemento No. 245 del 17 de marzo de 2026