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Registro Oficial del día: CACES expide instructivo para gestión de convenios de cooperación interinstitucional
El Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES) emitió el Instructivo para la suscripción, ejecución, seguimiento, cierre y liquidación de convenios o compromisos de cooperación. Esta normativa, publicada mediante la Resolución Nro. CACES-P-2025-0015-R en el Registro Oficial Nº 46 del 27 de mayo de 2025, regula las relaciones interinstitucionales del CACES con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras.
Contexto legal del hecho
El Instructivo se fundamenta en las competencias legales y constitucionales del CACES, órgano técnico del sistema de educación superior ecuatoriano, responsable de asegurar la calidad educativa en el país. Su emisión se enmarca en la normativa vigente que regula la gestión pública y la cooperación interinstitucional, incluyendo el Estatuto Orgánico por Procesos del CACES y reglamentos del sector público sobre transferencia y uso de bienes.
Contenido o disposición principal
El Instructivo establece procedimientos para la celebración de cuatro tipos de instrumentos de cooperación: convenios marco, convenios específicos, convenios de pasantías o prácticas preprofesionales, y memorándums, cartas compromiso o acuerdos de entendimiento. Regula desde el requerimiento inicial por parte de unidades internas o externas, hasta la elaboración, autorización, administración y liquidación de dichos instrumentos. Se incluyen disposiciones sobre informes técnicos, certificaciones presupuestarias, designación de administradores y mecanismos de modificación, renovación o terminación, tanto por mutuo acuerdo como de forma unilateral.
Entre las cláusulas mínimas que deben contener los convenios constan: comparecientes, base normativa, objeto, cronograma, obligaciones de las partes, mecanismos de solución de controversias y liquidación. Asimismo, el Instructivo obliga a la elaboración de actas de liquidación al término de los convenios y regula el proceso de archivo, seguimiento y evaluación.
Aplicación y destinatarios
El Instructivo es de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos del CACES. Establece responsabilidades específicas para las unidades administrativas, la Procuraduría, la Dirección Administrativa Financiera y los administradores designados de cada convenio. Afecta tanto a las relaciones internas como externas del Consejo, incluyendo a universidades, instituciones públicas, organizaciones privadas, nacionales e internacionales, que busquen establecer mecanismos de cooperación con el CACES.
La normativa entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial. Adicionalmente, se dispuso a la Unidad de Planificación y Gestión Estratégica la elaboración de flujogramas correspondientes dentro del plazo de diez días. Los convenios en curso a la fecha de expedición continuarán rigiéndose por sus propias cláusulas, aplicando el nuevo Instructivo únicamente en lo no previsto.