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Registro Oficial del día: Consejo de la Judicatura aprueba el Plan Operativo Anual 2026 y su programación plurianual
El Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó mediante Resolución No. 007-2026 la "Programación Anual de la Política Pública - Plan Operativo Anual (POA) 2026" y su correspondiente programación plurianual, publicada en el Registro Oficial Año l Primer Suplemento No. 222 del 10 de febrero de 2026. Este instrumento establece las metas operativas y presupuestarias institucionales para el ejercicio fiscal 2026 y los años siguientes, conforme al marco constitucional y legal vigente en Ecuador.
Aprobación del POA se sustenta en normas constitucionales y del COFJ
La resolución del Consejo se fundamenta en artículos clave de la Constitución, como el 181, que otorga a la entidad la facultad de aprobar la proforma presupuestaria de la Función Judicial. También se apoya en los artículos 264 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), que establecen las competencias del Pleno para expedir reglamentos y elaborar la planificación financiera. Además, se invocan disposiciones del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y las Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado.
Contenido y ejecución del Plan Operativo Anual 2026
El POA 2026 contiene matrices de programación de gasto corriente e inversión por un total de USD 365.647.662,33, de los cuales USD 358.661.547,50 corresponden a gasto corriente y USD 6.986.114,83 a inversión. El documento incluye directrices, estructura estratégica y programática, y se articula con el Plan Nacional de Desarrollo, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el próximo Plan Estratégico de la Función Judicial 2026–2031.
Coordinación interinstitucional y ejecución descentralizada
La implementación del POA estará a cargo de la Dirección General, las Direcciones Nacionales, Provinciales y responsables de proyectos. El plan establece responsabilidades precisas para cada nivel operativo, exige seguimiento continuo y prioriza actividades críticas como mantenimiento de infraestructura, pago de obligaciones previas y operatividad de servicios judiciales. También se incluye una disposición general que faculta la gestión de recursos adicionales ante el Ministerio de Economía y Finanzas para cubrir brechas operativas identificadas.
Fuente: Registro Oficial Año l Primer Suplemento No. 222 del 10 de febrero de 2026