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Registro Oficial del día: Corte Nacional de Justicia expide resolución sobre firma de sentencias por ausencia de jueces
El 06 de abril de 2026 en el Registro Oficial Primer Suplemento No. 258, se publicó la Resolución No. 03-2026 de la Corte Nacional de Justicia, la cual sustituye el artículo 4 de la Resolución No. 18-2017
Mecanismo de sustitución en tribunales y juzgados unipersonales
La resolución determina que, en caso de ausencia definitiva de uno o más jueces integrantes de un tribunal, el juez que se encuentre actuando deberá comunicar este hecho al Presidente de la Corte Nacional de Justicia o al Director del Consejo de la Judicatura correspondiente a su provincia
Emisión y suscripción de sentencias escritas
Una vez que se haya designado al nuevo juez unipersonal o se haya conformado el tribunal con los juzgadores de reemplazo, estos deberán reducir a escrito la sentencia correspondiente
Impacto en la celeridad procesal y tutela judicial
La modificación normativa se fundamenta en que la falta de suscripción de sentencias escritas afecta los principios constitucionales de celeridad procesal y economía procesal
Entrada en vigencia y obligatoriedad de la resolución
El Pleno de la Corte Nacional de Justicia aprobó la resolución el 18 de marzo de 2026 en la ciudad de Quito
Fuente: Registro Oficial Año ll Primer Suplemento No. 258 del 06 de abril de 2026